domingo, 25 de octubre de 2009

Instrucciones para visitar un juzgado

Hace días vengo pensando en como escribir un articulo dirigido a las personas que en algún momento tenemos la oportunidad de ir a un juzgado a revisar procesos antes de tener nuestro titulo de abogado, y hago referencia a este punto para decir que en nuestra etapa de estudiantes cuando no tenemos conocimiento de nada todo parece ser un poco mas complejo cuando en realidad lo único que necesitamos son un par de buenos consejos y estaremos listos para ir a “patinar”.

Creo que muchos se habrán dado cuenta que el titulo de este articulo es similar a los de Julio Cortázar en su grandiosa obra “Historias de cronopios y famas”, pues sin querer hacer comparaciones ni ofender su buen nombre, este articulo, es un tributo a él, aplicado en nuestro propio mundo, el de las leyes, un poco dirigido a quienes estamos involucrados en el derecho. Claro también pensé en llamarlo recorrer juzgados para dummies, pero después de ver la ponencia de Mariana Jaramillo en el primer congreso de Blawggers, hace que el uso de esa palabra deba ser mucho mas cuidadoso.

Para adentrarnos pues en el tema abriré paso a explicar como recorrer un juzgado esperando que todo salga bien, pues sucede en repetidas ocasiones que la actitud de los empleados judiciales es poco cordial con las personas del común y mas cuando se dan cuenta de esa cara inconfundible que dice gigantesco “estoy muy perdido y no entiendo”, pues cuando se dan cuenta de ello tratan de volver un poco mas amena su jornada divirtiéndose y uno siendo el juguete. Por lo tanto, y debo admitirlo por que no, por cierto rencor que me han generado algunos funcionarios que han tenido actitudes conmigo poco decorosas, he decidido escribir este articulo para formar un ejercito dispuesto a enfrentárseles. Por supuesto, si las cosas siguen como están en Colombia, tendrán que poner en práctica estos consejos después de Enero, pues estos mismos jovencitos están pensando en prolongar sus vacaciones judiciales, mediante otro paro más. Que vamos a hacer!!

Lo primero es que mire exactamente que tenga en su maleta los papeles necesarios que le han asignado para dirigirse al lugar, revise muy bien que tenga un documento que tenga escrito su nombre y que diga que usted está autorizado para conocer del proceso. Además de eso esté seguro que tiene el número del proceso, pues si llega al juzgado y le preguntan cual es y usted no sabe responder, habrá empezado el recorrido con el pie izquierdo. Para tener claridad sobre el numero del proceso, sepa que es un numero compuesto como de 22 caracteres donde numéricamente se expresa, el tipo de acción interpuesta o tipo de juzgado (eso no lo tengo claro aún), seguido por el numero del juzgado, luego por el año del proceso, seguidamente por el numero de proceso, acompañado de un (00) al final. Despues de revisado esto, está listo para dirigirse al juzgado donde hará uso de todas sus facultades de comunicación social para obtener su objetivo, el cual es muchas veces ver el ultimo documento que está en el archivo.

Cuando llegue al edificio del juzgado pare en la puerta, sin que lo vean respire profundo, saque pecho y trate de borrar esa cara de no saber nada. Apenas entre al edificio vaya despacio, pero no tanto como para que noten que está perdido, sino lo suficiente para detallar todos los letreros que hay ahí en el lugar, no los mire de frente ni siquiera se detenga, nadie lo hace cuando ya saben que dicen, solo trate der ver si dan indicaciones de la ubicación del juzgado. Siga caminando buscando el juzgado, por eso no debe ir muy rápido, pues en su prisa innecesaria puede pasarse, si definitivamente su orientación es muy baja y necesita ayuda busque a un guardia, pues no sabe que podría pasar si le pregunta a una persona distinta. Siga con su cara de conozco esto como la palma de mis manos.

Entre al juzgado una vez lo haya encontrado, prosiga a la habitación. Habrá una barra o estrado y detrás estará una habitación con torres de papeles. Ha llegado! Habrá muchas personas sobre la barra llamando la atención de quienes deben atender, y no se asuste cuando se de cuenta que esas personas que deben estar atendiendo, lo están mirando todos, en un mismo momento a la cara, No se como, pero son como los perros, huelen el miedo. Aun así, siga como si no pasara nada, encontrará unas carpetas que dicen estado, puede buscar su proceso ahí si ya tiene un buen tiempo en vigencia y está quieto, pero lo mas recomendable es que se dirija a una pantalla de computador donde le arrojaran todos los datos que necesita. Acérquese, ahí deberá escribir el numero que tiene el proceso y dele Enter. Cuando haga esto aparecerá una lista de actuaciones, y preste mucha atención a esto, mire la fecha de la ultima actuación y de la ultima ubicación del documento, pues de esto depende que no se la monten en los próximos diez minutos. Si el proceso está al despacho o secretaria, ni siquiera lo intente, no puede verlo, si es así, deje el computador en blanco y salga lo más pronto posible de ahí sin decir nada. Caso contrario, anote o recuerde bien esos datos.

Cuando ya haya hecho ese procedimiento, vuelva a recordar que está en una selva donde se lo van a tragar si se equivoca en algo, entonces llame a alguien que esté al otro lado del estrado, y con mirada segura pídale a la persona que le muestre el proceso de numero de que tenia en el expediente y del año respectivo, y dígale que está en tal u otra ubicación. Cuando se lo pasen, mire bien el expediente que está amarrado con una cuerda; ACUERDESE COMO LO DESAMARRA POR QUE LO TENDRÁ QUE HACER AL FINAL. Pida el expediente saque las hojas que necesita y diga que va a sacar copias, le tendrán que pedir un documento de identidad y el documento de dependencia, luego de esto les entrega el expediente y se lleva las copias (no pregunte cuantos folios puede coger, sólo cójalos) fotocopie, devuelva las hojas en orden al expediente y finalmente pida su documento, no lo olvide, de las gracias y salga de ahí.

Cuando haya salido debe tener muy claro que SI FUNCIONAN LOS ASCENSORES, lo aclaro por que yo lo descubrí como la 5ta vez que visite un juzgado. Si salió en esas condiciones y no mostró síntomas de no tener idea donde estaba, ni de no saber que estaba haciendo, simplemente ha logrado la meta. Lo siguiente es poder volver y repetirlo igual hasta el momento en que sepa como visitar un juzgado.

Así terminan las instrucciones sobre como recorrer un juzgado, y espero les haya gustado!!!

lunes, 14 de septiembre de 2009

Manual sobre la extinción y la expropiación de la propiedad privada en Colombia.

Después de haber visto algunos matices sobresalientes en los bienes, podemos pues, empezar a ahondar en el tema referido a la propiedad, que ha sido durante muchas épocas de la historia y de la evolución del derecho, uno de los temas mas complejos y controvertidos que se han estudiado ,ya que cuando pasamos a ver la constitución de los derechos reales, encontramos que este es el derecho real por excelencia, o en palabras mas técnicas, la propiedad como derecho real planteado es el mejor constituido y del cual se derivan directamente los otros derechos reales. Este derecho, es el más completo que se puede tener sobre un objeto, constituye por tanto el más amplio derecho de señorío.

Partamos del principio que el derecho de propiedad tiene tres características a saber, las cuales son básicas y fundamentales dentro del entendimiento de este derecho, el uso, el goce, y la disponibilidad del bien. Es así como está definida la propiedad en nuestro código civil: Art. 669: “El dominio (que se llama también propiedad) es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella, no siendo contra la ley o contra el derecho ajeno”.

Si miramos mas a fondo o históricamente la evolución de este derecho, en nuestro código civil encontraremos pues que éste “derecho de dominio” no siempre ha sido igual ni se a entendido en el mismo contexto, pues, antes de la sentencia C – 595/99 magistrado ponente Carlos Gaviria Díaz, teníamos un derecho absolutista el cual era imprescriptible, inajenable, y sacro; por lo cual ésta sentencia declara inexequible la palabra “arbitrariamente” del articulo del código civil, ya que debemos tener en cuenta que estamos en un estado social de derecho donde todos los bienes cumplen una función social y ecológica, por lo tanto favorable en principio para la mayoría. Este cambio de entendimiento del derecho como favorable para la sociedad se ha venido dando más específicamente desde la constitución del 91, donde se afirma que los bienes tienen una función social, y por lo tanto se le han venido dando una serie de limitaciones a este derecho en particular. Para esto quisiera citar entonces el artículo 58 de la constitución política del 91: “ARTÍCULO 58. Modificado por el artículo 1 del A.L. 1 de 1999. Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social. La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica. El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad. Por motivos de utilidad pública o de interés social definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa. Esta se fijará consultando los intereses de la comunidad y del afectado. En los casos que determine el legislador, dicha expropiación podrá adelantarse por vía administrativa, sujeta a posterior acción contenciosa administrativa, incluso respecto del precio.”

Veamos pues como después de esta breve introducción recaemos sobre el tema especifico de este ensayo, las limitaciones al derecho de propiedad y mas claramente la expropiación y la extinción de la propiedad privada. Limitaciones creadas, valga la aclaración, para proteger el interés general y la función social de los bienes y la propiedad.

Cuando hablamos de la extinción tendremos que tener en cuenta el atributo de la perpetuidad de la propiedad, con esto se quiere manifestar que la propiedad de la cosa existe por cuanto dura la cosa y no se extingue por el no uso de la cosa, a menos que en este se presente el principio de la posesión donde tienen que confluir dos factores, uno el no uso de la cosa por su titular y el segundo, la posesión de otra persona por un tiempo especifico consagrado en la ley para caso especifico, a esta figura jurídica la llamamos prescripción extintiva. Por otro lado solo habrá tres ocasiones en que se extinga la propiedad o dominio de una persona sin que se le de bonificación alguna establecidas en la constitución política: cuando los bienes sean adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, cuando sean adquiridos en perjuicio del tesoro publico, y cuando sean adquiridos en grave deterioro de la moral social, basta cualquiera de estas tres figuras para que se adelante entonces un delito, proceso llevado a cabo por la fiscalía general de la nación.

Ahora bien, si vamos a hablar de la figura de la expropiación debemos tener en cuenta que se puede hablar de tres tipos de expropiación en nuestro ordenamiento, la primera es la expropiación ordinaria, la segunda expropiación administrativa y finalmente tenemos la expropiación en caso de guerra. Estas figuras están consagradas en la ley 388/1997 y las explicaré un poco a continuación.

Expropiación Ordinaria: Esta figura es una clara muestra que en Colombia se protege la propiedad privada, pues para que se lleve a cabo se necesita que trabajen las tres ramas como lo afirma la Corte Constitucional en la sentencia C – 153/94 “El legislador fija los motivos de utilidad pública o interés social. La administración declara para un caso concreto los motivos de interés público y gestiona la expropiación. El juez controla el cumplimiento de las formalidades y fija la indemnización, mediante el procedimiento de expropiación. Sin embargo, en la expropiación por vía administrativa, la intervención del juez es sólo eventual, para los casos de demanda por vía contenciosa.”

Para que se de esta figura debe presentarse un interés publico, hacerse una indemnización a la persona y finalmente tiene que darse una aprobación por sentencia judicial para que sea valida la expropiación. Hay un tiempo estipulado por la ley para que se haga la enajenación voluntaria, caso contrario se llevará a cabo el proceso de expropiación. Esta figura está explicada en el artículo 58 de la ley antes mencionada.

Expropiación Administrativa: esta figura se inscribió en la constitución del 91, y básicamente se usa en los casos que haya un motivo de la emergencia del interés o uso publico o social (art.65 Ley 388 de 1997), esta figura se produce antes de la sentencia judicial y se inscribe en el folio de la matricula del inmueble en los (5) días hábiles siguientes con notificación al titular para que se haga la enajenación voluntaria del bien. El titular de igual forma después puede demandar ante el contencioso administrativo para exigir la nulidad y el restablecimiento del derecho lesionado. Por ultimo cabe mencionar que esta figura está consagrada en los artículos 68 siguientes de la ya citada.

Expropiación en casos de guerra: solamente en los casos en que estemos en guerra será posible la expropiación de los bienes muebles para ayudar y soportar la guerra que se está presentado sin objeción del titular. En los casos que se trate de un bien inmueble se deberá entender que se puede enajenar el uso del bien solo temporalmente mientras dure la guerra, después que las circunstancias hayan cesado deberá ser restablecido a su titular.

Ya habiendo explicado estos dos tópicos, al menos en manera panorámica y general, es factible que el lector pueda hacerse de una idea sobre lo que refiere la extinción y expropiación de la propiedad privada dentro de nuestro ordenamiento jurídico. Vimos entonces como ha habido un desarrollo en este tan importante derecho real y como hoy día nuestra constitución consagra figuras para proteger y limitar este derecho, aquí centrándonos en dos puntos fundamentales de la propiedad como lo fueron la extinción y la expropiación. Espero quede abordado y explicado el tema para que las personas tengan, habiendo leído esto, un criterio un poco mas estructurado para entender como funciona, al menos en la forma teórica de su apreciación, pues para estudiarlo en su mundo practico y juzgarlo debemos hacernos de otro análisis con una estructura distinta a la planteada aquí.

domingo, 30 de agosto de 2009

Derecho al medio ambiente, derecho a vivir dentro de este planeta.


Estamos claramente en un estado constitucional social de derecho, el cual vela, se supone al menos, por la protección de los derechos fundamentales de las personas y por el interés general que tiene la sociedad dentro del estado. Partiendo de ese supuesto, tenemos claro, que es ideal buscar un ambiente propicio para el correcto desarrollo de nuestra sociedad actual y nuestras generaciones futuras, pues, acaso ¿quien no quiere que sus hijos tengan un ambiente sano y agradable donde puedan crecer también? Entendamos ahora, que nuestra sociedad actual y nuestros avances tecnológicos, nos tienen en una era donde claramente las personas pueden explotar todos los recursos naturales que le rodean para hacer uso de ellos, partiendo del principio de economía capitalista, al cual lamentablemente pertenecemos. Sabiendo entonces estas dos pautas principales sobre las cuales nos basamos, la primera, que tenemos una sociedad que es capaz de explotar todo cuanto le rodea para obtener su máximo beneficio en cuanto satisfacción de necesidades, y segundo que esa misma sociedad también se preocupa, “o eso dicen hacer” por su medio ambiente para tener un entorno sano y pleno para crecer en sociedad y en plena armonía de desarrollo, se ha generado pues alrededor de esto toda una doctrina constitucional para la protección de algunos bienes que según las altas instituciones de nuestra nación merecen dicha protección para garantizar la vigencia de nuestro medio ambiente y para prevenir su continuo y constante deterioro; deterioro causado, valga la anotación, en manos de quienes por sus intereses obtusos, pasan por encima de todo y de todos para conseguir lo que quieren, su poder y sus cochinos papeles verdes que están manchados con la polución de su avaricia y ambición.

Quisiera abordar esta temática desde un punto de vista que no parezca muy lejano a la sociedad, pues es evidente que, cuando hablamos de temas medioambientales tendemos a verlos muy alejados de nosotros, como si realmente no sucediera. Es por eso, que quiero traer a manera de ejemplificación las problemáticas que tenemos en Bogotá principalmente cuando hablamos de humedales, de las zonas verdes y de los cerros orientales. Ahora bien, sabemos que estamos en una ciudad cuya población en los últimos 80 años ha crecido en proporciones desmesurables lo cual implicó desde época muy antigua comenzar a asentarnos sobre nuestra naturaleza e irla alejando de nuestro entorno. Con este desmesurado crecimiento poblacional, hemos llegado a acabar con millones de hectáreas de suelos verdes y de aguas que recorren por las zonas de Bogotá. A raíz de este descontrolado crecimiento y absurdo interés de construcción para el beneficio de algunos pocos, se han ido implementando legislaciones sobre el cuidado del medio ambiente donde hemos llegado desarrollar una especial protección de algunos bienes que nos brindan elementos esenciales para nuestra vida y la de muchos animales que allí también viven.

Por poner un ejemplo, tengamos en cuenta que los humedales por su naturaleza se encuentran muchas veces en zonas que se han provisto para el desarrollo urbanístico y no han sido pocas las ocasiones en las cuales ha habido personas interesadas en que dichos lugares se cierren para construir sobre ellos algunas edificaciones de uso publico o privado, sin tener en cuenta que éstos mismos lugares donde construyen proporcionan un hábitat natural para el desarrollo de algunas especies y el crecimiento de alguna fauna que por sus condiciones solo se da allí. Sin mencionar también que los humedales sirven como un embalse natural para el control de los niveles de aguas en algunos barrios de Bogotá, pues son el único lugar donde algunas aguas lluvias pueden correr. Entonces entendamos que el mantenimiento de estos lugares es favorable, no para la mayoría sino para todos lo que habitamos en este estado.

Por poner otro ejemplo, quisiera traer a colación la importancia de los cerros orientales, considerados como los pulmones de Bogotá, ya que por su extensión son los responsables de purificar el aire que tenemos en nuestra polucionada ciudad por motivo de las fábricas y de los automóviles que aquí todos los días se desempeñan. Estos cerros, suponen una especial protección por sus condiciones y por los servicios que nos brindan, pero, debemos ser conscientes que a pesar de su condición de patrimonio natural, hay muchos quienes violan estas zonas para la construcción y para la extracción de minerales, como podemos verlo en algunas partes de Usaquén y de la 170, y sumándole a todo esto los barrios de invasión. Sobre esto, el contralor general de la nación envió un comunicado a Luis Eduardo Garzón en el 2005, donde le pedía un apoyo a la protección de estos lugares, puesto que aunque se suponía que la legislación los protegía, en la realidad primaban mas los intereses económicos que la preservación de estas zonas que hace parte de recursos irremplazables por la flora y fauna de nuestro país.

Lo único cierto en este tema, es que al igual que nuestra sociedad, nuestra consciencia también ha evolucionado, la gente poco a poco a podido aprender sobre la importancia de estos recursos. Hemos aprendido a entender que son limitados y que es nuestro planeta tierra el que está en juego, y que si día a día no tomamos acciones para mantenerlos vigentes, pues sencillamente llegará el momento que estemos en guerra por controlar lo poquito que nos queda de ellos. Deberíamos cumplir las normas, y si el problema está en que tenemos una legislación muy frágil, que no se cumple, sencillamente es por que no es lo suficientemente estricta como para que las personas no se atrevan a romperla; ahí es donde debemos buscar salidas y soluciones. Pero por otro lado, deberíamos aplicar los artículos 14, 15 y 16 del código de recursos naturales colombiano, que simplemente nos hacen un llamado a educarnos en un tema que vemos tan irreal y tan lejano, pues la mejor salida a este tipo de problemas es la educación y la concientización de una sociedad que tiene tantas dificultades con entender los problemas que le rodean.

Finalmente y para no darme mas largas sobre el tema, entendamos que este problema nos compete a todos, que realmente es grave, que trasciende de una problemática nacional, y que ocurre en todo el mundo, todos los días y hasta en los temas más insólitos, pero debemos empezar por ser un ejemplo mundial del cuidado y protección de la naturaleza, a la única a quien realmente le debemos la vida. Por un momento deberíamos dejar de pensar en tonterías y comenzar a pensar en nosotros mismos, pues de ellos depende nuestra salud, ya que estos recursos no son infinitos; y no quiero imaginarme una generación que nos este culpando por el daño que les hicimos, sino que nos agradezcan por el legado que les dejamos, pues al fin y al cabo, ellos “también tienen derecho a vivir en este planeta

”.


jueves, 27 de agosto de 2009

La hisotria de una experiencia

Desde que se realizó el encuentro de blawggers jurídicos en Colombia, Carla Firmani muy amablemente me pidió que posteara en este blog contando un poco sobre mi experiencia como blawgger y como estudiante, como la persona que ha conocido todo un mundo nuevo desde que accedió al tema de los blogs. Entonces aquí de manera muy breve trataré de contarles lo que fue una historia muy agradable para mí en este proceso, y espero que a ustedes también les agrade y los motive a escribir y a hacer sus propios blogs.

Para que conozcan un poco sobre mí. Yo soy estudiante de Derecho en la Universidad Externado de Colombia y actualmente estoy cursando segundo año. También, para el momento estoy trabajando como abogado dependiente de una abogada tributaria durante las tardes, motivo por el cual mi tiempo se vuelve en muchas ocasiones un poco limitado. Aunque habiendo todo esto sin sumar los proyectos extracurriculares de la universidad, siempre me quedan ganas de sentarme un momento y detenerme en mi blog a escribir un poco para el mundo.

La historia de los Blogs o los Blawgs (Blogs jurídicos), comienza con un gran amigo mío, quien escribía para el momento el blog “Derecho y Economía”, y me comentó un poco sobre su trabajo en ese momento. Debo admitir que en ese entonces no tenía la menor idea sobre lo que era un blog, ni que era, ni mucho menos para lo que servía. Siendo esto así, le pregunté un poco sobre el tema y él me explico en términos muy generales de que se trataba, y me contó además de las personas que uno conocía por el medio, pues en ese momento Julián (mi amigo) había conocido a uno de los doctores en Derecho Constitucional de la universidad, el profesor Gonzalo Ramírez, quien también trabajaba su parte académica con el uso de los blogs. Recuerdo bien que esa tarde llegué a mi casa prendí el computador y me metí al blog de Julián y al de Gonzalo, y después de ellos, me remití a una cantidad variadísima de blogs por todo el espacio cibernético, cuando menos lo pensé, me di cuenta que había ahondado en temas como deportes, derecho, fotografía, películas, etc., mejor dicho, había pasado de blog en blog y de tema en tema, cosa que me llamó muchísimo la atención, pues me pregunté ¿Cómo así, si tengo un blog, puedo escribir lo que yo quiera?, ¿Así no más?, pues ahí fue donde me enamoró el cuento, pues no podía creer que viviendo en una sociedad tan esquematizada y tan controlada con el tema de la libertad de expresión escrita, existiera en realidad un espacio donde pudiera escribir para el mundo entero sin que nadie tuviera que aprobar o desaprobar mis ideas. Así, nació “Actualidad y Derecho”. Debo confesar también, que no tenía la menor idea sobre lo que podía escribir, pues a la larga solo era un simple estudiante de Derecho, y no veía pues, que le podía ofrecer al mundo.

Sin embargo comencé a escribir sin miedo y más bien con mucho entusiasmo, pues seguía enamorado de la idea de poder escribirle al mundo sin que nadie me dijera si podía o no hacerlo, simplemente ponía algo ahí y la gente opinaba. Recuerdo bien que mi primer artículo era una crítica a Facebook, lo publiqué y a la semana habían una cantidad impresionante de comentarios, algunos a favor y otros en contra, es más otros hasta me recordaban mi árbol genealógico. Seguí escribiendo, pero está vez buscaba una identidad más definida para mi blog, quería que el mismo se caracterizara por desarrollar un tema especifico sobre el cual pudieran versar otros más a su alrededor, y con la inspiración del blog “Quiero ser Abogado” de Tomas Marino de Argentina, decidí tomar una perspectiva estudiantil en el tema, es decir, que mi blog contara mis propias experiencias como estudiante y que pudiera además, dar consejos para el buen desarrollo académico y algunas otros para el ejercicio profesional, pero pudiéndome salir a la vez de los temas propuestos en ocasiones esporádicas para hablar de cosas varías que a mi respecto también son muy interesantes.

Tengo que aclarar también, que cuando Julián me hizo la propuesta de escribir, el principal temor que tenía, era que yo no sabía escribir, o bueno al menos eso creía yo, hoy día no creo ser tan malo, claro, aunque cabe anotar que falta cantidades por aprender; ¿y qué mejor forma de aprender sino es practicando?

Hoy en día, el blog hace parte de mi desarrollo académico, y aunque no escriba a diario, pues cada vez que me surge una nueva idea o tengo algo nuevo en la cabeza, simplemente me siento en frente de la pantalla lo posteo y dejo al mundo que opine lo que quiera, al fin y al cabo de eso se trata, mostrarle al mundo como lo ves tú desde tu perspectiva.

Creo que ya no sobra decir mucho, solo que es una experiencia que vale la pena experimentar, que no le tengan miedo a escribir, al fin y al cabo, la escritura es la mejor expresión de sus pensamientos e ideas, y porque no compartirlas con el mundo. Creen un blog y comiencen a bloggear.

Finalmente quiero darle mis más gratos agradecimientos a Carla Firmani, quien muy insistentemente me invito a postear en el blog y me escribió repetidas veces recordándome el compromiso. Carla, también te pido perdón, pues, estos días he estado supremamente ocupado y realmente no me había dado a la tarea, pero espero a ti y al resto de lectores les guste el post y saquen provecho de esta corta, pero a mi parecer interesantísima historia sobre como aprendí sobre los blogs.

viernes, 10 de julio de 2009

Del mundo teórico al mundo practico del derecho



Durante algún tiempo ya, llevo desempeñando actividades en un muy respetado “pool” de abogados, cuyo nombre no mencionaré por simple discreción. En dicha oficina, he tenido la grandiosa oportunidad de participar como veedor del desarrollo del oficio jurídico, desde el punto de vista del abogado, y he tenido la oportunidad de participar en algunos sucesos que me han permitido poner a prueba mis aptitudes en el desarrollo profesional. Siendo esto así, el estar tan cerca del mundo jurídico en su nivel práctico, más que teórico, he notado que la cantidad de aprendizaje no tiene precedente, puesto que, el desarrollar toda la teoría vista en un salón de clase, aplicándola al mundo real, me permite recordar de manera lógica, y no memorística la forma correcta de hacer las cosas y de aplicar los conceptos de derecho. Además, el simple roce con el leguaje técnico jurídico, hace que mi conocimiento se amplié, en la medida de tener nuevas dudas cada vez, desde lo que significa una palabra, o el por que de alguna acción. Cabe mencionar también, la indiscutible utilidad de poder tener acceso a las majestuosas bibliotecas que tienen los abogados que allí se desempeñan, y uso el calificativo majestuosas, no por la cantidad de libros allí encontrados, sino mas bien, por la paciencia con la que fueron escogidos al momento de ser adquiridos por ellos, hecho que garantiza la excelencia de cada uno de los libros.


Después de mencionar estos tópicos tan importantes desde el punto de vista académico, no sobra mencionar también, que allí, en el mundo real del derecho y de los abogados, aprendemos además características de disciplina, orden, esfuerzo, elementos completamente necesarios no solo para quien desea desempeñarse en el mundo del derecho, sino el mundo laboral. Por ejemplo, el entender que los procesos deben tener sus revisiones al día, puesto que de ello depende que no se cumplan términos que signifiquen la perdida o el fin de los mismos, teniendo esto efectos negativos tanto para el abogado, como para el cliente.


Todo lo anterior, se resume simplemente para una reflexión. El dedicar un muy importante tiempo para estudiar es vital, sabiendo que, si no se hace de esta forma es imposible desempeñar con excelencia y calidad la actividad jurídica, pero, en cierta medida y siempre que sea posible seria oportuno y pertinente que los estudiantes intentaran tener un acercamiento al desempeño de esta actividad, ya que les permite reforzar lo que han aprendido a manera teórica, fortalecer dichas bases, forjar un criterio profesional, en cuanto a disciplina, orden y respeto, y finalmente aportarle elementos que solo podrá descubrir cada cual en cuanto haga el ejercicio, sin temor a dudas, los ayudará a que en un futuro sean mejores abogados, con bases mas solidas y con mas elementos para decidir sobre lo que se quiere hacer cuando se encuentren nuevos problemas en el campo profesional, finalmente ese es nuestro fin, el ser profesionales del derecho, bien sea en el mundo académico, o el laboral.

miércoles, 24 de junio de 2009

Je t aimais, je t aime et je t aimerai - Francis Cabrel

Mon enfant, nue sur les galets,
Le vent dans tes cheveux defaits,
Comme un printemps sur mon trajet,
Un diamant tombe d'un coffret.

Seule la lumiere pourrait
Defaire nos reperes secrets
Ou mes doigts pris sur tes poignets,
Je t'aimais, je t'aime et je t'aimerai...

Quoi que tu fasses,
l'amour est partout ou tu regardes
Dans les moindres recoins de l'espace,
Dans le moindre reve ou tu t'attardes
L'amour, comme s'il en pleuvait,
Nu sur les galets...

Le ciel pretend qu'il te connaît
Il est si beau c'est sûrement vrai.
Lui qui s'approche jamais –
Je l'ai vu pris dans tes filets.

Le monde a tellement de regrets
Tellement de choses qu'on promet.
Une seule pour laquelle je suis fait –
Je t'aimais, je t'aime et je t'aimerai...

Quoi que tu fasses,
l'amour est partout ou tu regardes…
Dans les moindres recoins de l'espace,
Dans le moindre reve ou tu t'attardes
L'amour, comme s'il en pleuvait,
Nu sur les galets...

On s'envolera du meme quai
Dans les yeux, les memes reflets,
Pour cette vie et celle d'apres
Tu seras mon unique projet.

Je m'en irai poser tes portraits
A tous les plafonds de tous les palais,
Sur tous les murs que je trouverai
Et juste en-dessous j'ecrirai

Que seule la lumiere pourrait...
Et mes doigts pris sur tes poignets,
Je t'aimais, je t'aime et je t'aimerai....

viernes, 12 de junio de 2009

El estudio en días de parciales

Llevo varios días esperando para poder escribir estas palabras. En resumidas cuentas, lo que intentaba era poder redactar ciertas vivencias sobre una etapa de parciales, en cuanto a los temas de tiempo, estudio, dedicación, disciplina, descanso etc. Y para así poder tomar buenas alternativas de planificación que lo lleven a uno a obtener los resultados que espera.


En primera instancia, en el tema de los parciales es muy importante el manejo del tiempo, creo pues, que está determinado como el factor más importante en toda esta etapa, debido a que quien maneja adecuada y eficientemente su tiempo, logra a cabalidad sus objetivos. Es decir, cuando tenemos un cronograma, y nos imponemos rigurosos horarios de estudio, los cuales en muchas ocasiones no deben ser extensos pero si dedicados, nos permiten adelantar de manera eficiente los temas de las materias que debamos estudiar. Cuando me refiero al orden del tiempo, no me refiero, y reitero la parte anterior, a que debamos tener extensas jornadas de estudio, pues, se volvería ineficiente después de algunas horas debido al agotamiento mental; En lo que si quiero hacer énfasis es que podamos crear un cronograma donde haya un equilibrio entre las horas de estudio y de reposo, para equilibrar las cargas en términos físicos, por decirlo de alguna manera. Claro está, que de todas formas, la intensidad horaria debe estar pensada y entendida bajo el margen de concentración de la persona, es decir, una persona que no tiene una concentración muy buena como lo es el caso de muchas personas, y me incluyo en ese grupo, tiene que dedicar un buen rato de estudio, donde la primera hora por lo general la mas dura, es donde se enfoca en el tema que se está estudiando, después de esto, será mucho mas fácil continuar el estudio y se podrá aprovechar mucho mejor lo que se esté aprendiendo.


El estudio con papel y lápiz. Un profesor algún día me dijo que esa era una de las mejores formas de estudiar, con un blog de papel al lado para ir anotando frecuentemente las ideas que se recogieran de las lecturas, y también poder escribir de las misma manera, todas las preguntas que surgen durante el proceso. <>. Estas notas después servirán como el elemento de repaso antes del parcial, por eso es muy importante tenerlas claras, ordenadas y archivarlas de manera que después la persona pueda llegar fácilmente a ellas al momento de necesitar la información. Muchas personas, dicen que el día antes del parcial no se debe estudiar, pero, personalmente no he tenido la primera oportunidad en la que me sienta lo suficientemente preparado como para darme ese lujo. Siendo esto así, creo que realmente a la mayoría nos pasa que necesitamos hasta los últimos momentos de estudio, de hecho, algunas personas bajo estos estímulos de presión se retroalimentan mucho mejor de la información que deben estudiar. Sin embargo, el consejo es que intenten que para las horas anteriores al parcial, sólo deban hacer repaso de sus apuntes y no de las lecturas principales, pues, con el afán de leerlas ni entienden ni encuentran lo que están buscando, y lo único que van a lograr es confundir los conceptos que antes tenían claros.

domingo, 24 de mayo de 2009

Un pais sin Historia


Las siguientes palabras, no fueron escritas por mí, de hecho fueron escritas por un muy buen amigo que tiene una percepción de nuestra historia la cual me parece muy interesante. Me mostró el artículo, y me pidió si podría publicarlo en el blog. De hecho, me siento orgulloso de publicar estas palabras en mi blog, palabras que ojala hagan reflexionar a quien las lea. Sin mas vueltas aquí esta el articulo de Juan Sebastián Pita, estudiante de Derecho de la Universidad Externado de Colombia.



"Pueblos tercermundistas era la forma que hasta hace un tiempo se uso para referirse a los países de poco desarrollo tecnológico, de cierto tipo de atraso social, países cuya evolución se ha visto atrasada con respecto al resto del mundo, son países donde las cosas no son lógicas, sino instintivas, poco predecibles para el mundo avanzado, quizás un poco salidas de contexto muchas veces salidas de historias de cuentos de hadas o en muchos caso de terribles pesadillas; pero ese calificativo de países tercermundistas fue remplazado para referirse a este tipo de lugares como pueblos sin historia. Realmente ese es el calificativo que mejor nos queda, y sobre todo en Colombia.

Somos un hermoso país de un millón ciento cuarenta mil metros cuadrados de tierra continental y tenemos aproximadamente un millón de territorio marítimo, lo cual suma aproximadamente dos millones cien mil metros cuadrados de vallenato, porro, cumbias, ritmos autóctonos de cada región, miles de cientos de formas de hablar aun cuando hablamos el mismo idioma, somos apasionados por naturaleza, como buenos latinos tenemos la sangre caliente, somos grandes exportadores de esmeraldas, flores y muchos productos además del café, muchos de los cuales no los vemos reflejados en nuestra economía, no porque sean pocos los ingresos que estos den sino porque en su mayoría se los regalamos a los extranjeros. Obvio no hicimos consenso para decidir ello, pero si agachamos la mirada y reflejamos nuestra pobreza a quizás algo tan efímero como es la guerra.

Somos un pueblo sin historia porque no recordamos que fueron estos extranjeros junto con los señores distinguidos y poderosos de las mismas familias que elegimos año tras año como representantes, los que el 6 de diciembre de 1928 asesinaron a un numero aun indeterminado de compatriotas, de colombianos trabajadores, de dueños de estos dos millones de metros cuadrados que nos corresponden a todos, a todos los que hemos vivido una Colombia que no es posible de concebir sin guerra, desde nuestra creación hasta nuestros días hemos llenado nuestros ríos con sangre, nuestras tierras de muertos nuestras manos con plomo y aun creemos que ese es el problema. Esa masacre, esa masacre de las bananeras que aun investigan los historiadores, gente salida de lo común, para determinar la responsabilidad que tal vez llega un poco tarde, pero es un comienzo.

Somos olvidadizos o nos queda muy fácil aparentarlo, somos le mismo pueblo que día tras día pide un acuerdo humanitario, peor que dejo pasar por alto, que cuando se dio uno fue solo una burla para todos que se perdieron más o menos cinco meses en diálogos que al final no lograron acabar con el cautiverio de los secuestrados, mucho menos con la guerra pero si destruyeron un símbolo, o por lo menos eso dejan ver las imágenes de la T.V cuando un guerrillero armado de valor con una AK-47 y lleno de resentimiento patrio, y empuñando un machete decidió abrirle huecos a la bandera Colombiana, la misma bandera que debería respetar por nacer en este país, esa bandera por la que se estaba “dialogando”; pero aun así el pueblo pide agritos nuevamente una zona de distención, dejando pasar por alto que cuando hubo una amento la violencia la impunidad, los secuestros y el poderío de los delincuentes.

¿Donde están los archivos?

Parece que a nuestro gentilicio se le olvida que no hace más de 25 años, el 13 de noviembre del 1985 un volcán destruyo un pueblo pequeño del Tolima, dejando de él ni el recuerdo porque hoy en pleno siglo XXI, los habitantes de Nariño no saben que significa cuando un volcán está a punto de hacer erupción. En aquella tragedia el volcán no hizo erupción del todo, una pequeña cantidad de lava fue suficiente para derretir la nieve en su cúspide y así sepultar a un pueblo en lodo, Armero no estaba ubicado en las faldas del volcán, no tenia conexión directa más que las llanuras naturales del terreno. Pero esta gran tragedia que sacudió al país no fue suficiente para detener que los habitantes de Nariño construyeran a las faldas de un volcán, o que la triste y penosa alerta roja de las autoridades sea para ellos algo cotidiano. Algo a lo que hay que acostumbrarse.

Quizás esa misma costumbre es la que nos llevo a olvidar que las FARC borro del mapa pueblos enteros, pueblos como Bojaya, del cual casi no me acuerdo y lo que es peor olvidar tantos otros, esa costumbre que nos da pie para creer que las FARC van a dejar de secuestrar, porque negociemos con ellos, o que van a dejar de existir porque se darán cuenta del mal que engendran o lo que es peor de seguir creyendo en sus falsas palabras; quizás si es costumbre pero no a creer sino a resignarse a lo mismo. Tal vez ya nuestra tradición nos grita que no podemos cambiar la historia y que seguiremos siendo los mismos.

Puede ser que esa tradición es la que hoy nos nubla la memoria, la que hoy día no deja que veamos que un gobierno negligente elimino a la corte suprema de justicia. El mismo año en que un volcán arrasaba con un pueblo, será que este mismo volcán arraso los archivos de los magistrados o que tal vez, esa lava fue la que calcino los cuerpos de todos en el palacio, guerrilleros y trabajadores. Que así como hizo olvidar a un pueblo también nos hizo olvidar una corte, de la cual solo quedo su reconstrucción. Es triste no darnos cuenta que hace 24 años un gobierno negligente termino con una corte que mantenía la democracia, que mantenía la lógica del derecho en el país, pero ese mismo gobierno que corrió con la suerte de que un desastre natural acallara la voz de un país, cómo es posible que hoy este libre? ¿Cómo es posible que esos militares que “estaba defendiendo la democracia” sigan siendo héroes y no asesinos? Creo que la única respuesta es como en tantas ocasiones es la correcta, hemos preferido de nuevo el refrán “ojos que no ven…”.

Es más que obvio que somos un pueblo sin historia, por eso somos pobres porque año tras año elegimos quedarnos en nuestra burbuja no decidimos cambiar el mundo, no decidimos luchar por lo que es nuestro. Preferimos seguir escogiendo dirigentes porque nos dan seguridad. Creo q la pregunta correcta seria ¿por qué? , ¿Por qué, si aun cuando salgo a las calles temo que me roben?, ¿por qué, si me siguen robando?, ¿por qué, si siguen secuestrando?, ¿por qué, si nos siguen asesinado?, es eso seguridad es ese el motivo por el que vamos a reelegir a un presidente, es ese el motivo por el que elegimos año tras año incompetentes para que nos representen en las altas cortes, no es la seguridad el motivo para que unos señores de importante nombre pero dudosa moral sigan en los cargos de relevancia política. ¿Es la seguridad que tenemos suficiente razón para permitir que los pocos órganos como la corte suprema de justicia o la corte constitucional pierdan poder político frente al presidente?, ¿es el argumento de la seguridad tan fuerte para como para olvidar que la educación es la única que nos puede sacar del tercermundismo?

Para mí las respuestas son claras, somos y seguimos siendo un país sin historia. Pero la historia se hace, y yo pienso hacer historia, si llega a haber un referendo reeleccionista yo votare que si, y en las elecciones presidenciales votare por el candidato que realmente solucione los verdaderos problemas del país, no por el que me prometa seguridad “democrática”, por eso cuando vote por un alcalde no votare por el nieto de rojas, votare por el que me prometa que creara escuelas para que la gente estudie no robe, por el que me prometa comedores sociales no policías, por el que me construya calles y no saque los carros de circulación, no votare por el que prohíbe que los menores de edad circulen libremente, sino por el que crea una conciencia ciudadana para que no se les venda trago.

Los grandes filósofos griegos entendían, que entere más leyes códigos y reglas tenga un pueblo peor es su población.

Si queremos salir de esta miseria NO HAY QUE OLVIDAR.

EL PUEBLO QUE OLVIDA SU HISTORIA ESTA CONDENADO A REPETIRLA. Hay que educar y trabajar no matar."

jueves, 14 de mayo de 2009

Estudiar tanto no siempre es lo mejor


Como estudiante, he decidido escribir unas palabras de un tema que todos tenemos que soportar pero nunca tomamos acciones para cambiarlo, es el tema de la salud durante el estudio. En la universidad, y específicamente en carreras tan rigurosas como los son el derecho, por tomar el ejemplo personal, y general de los lectores de este blog, los estudiantes toman ciertos hábitos que afectan en gran medida la salud del individuo, generando efectos que a largo plazo se notan evidentemente.


Quisiera empezar por uno de los aspectos con los que menos tenemos prudencia los estudiantes, y es el tema del sueño. Los estudiantes de derecho tendemos a generar una costumbre de estudio nocturna, que se debe muchas veces a buscar un espacio silenciado, sin personas que lo estén interrumpiendo y sin la necesidad de sentir ganas de ponerse a hacer alguna otra actividad. El problema surge en que empezamos a romper la rigidez de los horarios, por ende empezamos a sufrir desordenes de concentración, alimenticios, etc. Por otra parte dejamos de dormir las ocho horas diarias necesarias para que el cuerpo se reponga y el cerebro absorba la información obtenida durante el día (para mas información consultar Freud, teoría del sueño), sabiendo esto, se generan una serie de efectos colaterales que a manera taxativa no se definir, pues creo que corresponden más a un científico de la medicina explicar. Pero empíricamente, creo, que todos hemos notado como disminuye la concentración, la sagacidad mental, la coordinación, el dolor muscular, el cansancio general, la baja de rendimiento. Y aun sabiendo esto, preferimos seguir usando los horarios nocturnos para realizar las extenuantes jornadas de estudio.


Otro aspecto que quisiera tocar, y, que en parte esta ligado al sueño como explicaré mas adelante es el tema alimentício. Los estudiantes debido a nuestros motivos económicos, dejamos de tener muchas veces una buena alimentación diaria buscando lugares que ofrezcan comidas a menores costos, teniendo así platos que no cuentan con los elementos esenciales para cumplir con un buen cuadro nutricional. Desde otro punto de vista, también muchos omitimos comidas por estar estudiando bien sea el almuerzo o el desayuno, ya sea, por que o no tenemos tiempo para desayunar por salir al lugar de estudio o dejamos de almorzar por dedicar un rato mas a la jornada de estudio, desequilibrando así el organismo y generando efectos de gastritis, hambre, pereza mental, adelgazamiento, o engordamiento, producto de las comidas rápidas, etc. Y cabe anotar, y ahora si haciendo relación con la sección del sueño, que ingerimos sustancias que afectan en gran medida nuestro organismo, como tintos y bebidas energéticas, para combatir el cansancio o para equiparar el rendimiento perdido por la falta de sueño, generando ansiedad, daño dental, agotamiento y supongo que otro tipo de efectos de los que tal vez no tenga conocimiento.


Y tal vez, otro de los temas importantes del que me gustaría hablarles, es el tema del estrés y de la presión. Se, y de cierta manera a experiencia personal, que la presión y el estrés afectan de manera fatal la vida del estudiante, puesto que muchas personas no controlamos esos impulsos de las mejores maneras causando así, nudos en la espalda, calambres, cansancio corporal, falta de sueño o insomnio, que regularmente son molestias que terminan disminuyendo nuestro rendimiento académico impidiendo o haciendo mas difícil la labor de buenos estudiantes.


Es recomendable reflexionar sobre este articulo y nuestras tendencias y costumbres de estudio, pues, está comprobado y creo que con lo anterior no hace falta mostrar tablas médicas para que sea valida mi afirmación, que las personas debemos tener buenas jornadas de sueño al menos de ocho horas, ingerir las tres comidas diarias, tratando en lo posible que tengan los elementos esenciales para mantener una nutrición sana que permita mantener un muy buen rendimiento. Y por último tratar de controlar la presión y el estrés, con música, paisajes, deporte y otro tipo de distracciones que liberen el cuerpo de tantas tensiones que lo afectan y que a la larga traen efectos muy negativos para el estudiante. Siguiendo estas indicaciones estoy seguro que todos tendrán un mejor rendimiento académico, y por tanto unas mejores notas, por que ser bueno no significa necesariamente el que estudie mas, sino el que mejor lo haga. Espero hayan reflexionado sobre lo mencionado y lo apliquen, para que noten su constante mejora en el mundo académico.

lunes, 4 de mayo de 2009

Constitucion de Weimar 1919


“La Constitución de Weimar fue una constitución de Alemania sancionada el 11 de Noviembre de 1919, que estableció una república federal con nueve estados y la elección de un presidente por votación popular, el cual a su vez tenía la facultad de elegir al canciller para que formara un gobierno. El presidente podía disolver el gabinete y vetar las leyes del poder legislativo. Sus facultades incluían la facultad de intervenir los estados federales, con el fin de prevenir problemas de orden social.”
Estamos entonces en un momento histórico a penas posterior a la primera guerra mundial, tenemos ahora una Alemania en recesión económica, donde las personas ya no tienen garantías de protección para sobrevivir, y se entiende, por primera vez, que a pesar de la existencia de una declaración de derechos fundamentales, también deben existir una forma de protegerlos. Después de haber digerido todo esto, se toma la decisión de agregar 57 artículos sobre los derechos constitucionales de la persona por primera vez a la constitución, y se entiende ahora, que el estado debe ser el promotor de la protección de estos derechos, además de postular una acción de defensa entonces llamada “VERFASSUNGSBESCHBERD” necesitando así también la creación de un tribunal constitucional. Ahora se protegían por parte del estado como el descanso dominical, el subsidio de transporte y la salud.
Finalmente esta constitución se reconoce como el tercer momento hito en la evolución de los derechos fundamentales, marcando un gran paso para el desarrollo del derecho en general, y para la concepción de las garantías constitucionales como las entendemos hoy en día. ¿Cómo sería la protección de las garantías fundamentales, si no se hubiera dado este momento histórico?

miércoles, 22 de abril de 2009

El Peatón (Jaime Sabines)

Que triste es que no tengamos memoria, que olvidemos los grandes artistas que le dan a nuestro mundo un poquito de realidad, o al menos un montón de fantasía para poder soñar.
Lo que debemos hacer es recordar, recordarle al mundo lo que algunos hicieron para nosotros.

Este poema, uno de los mejores de Jaime Sabines, pocos lo conocen, como al poeta que tan solo fue un peatón. Ojala les guste.


Existes!



Para mi existes, no porque te haya tocado alguna vez,
No por que te haya visto.
Ni siquiera porque haya percibido tu olor, ese que esta marcado con tu nombre.
Existes por que te he sentido en toda tu complejidad muy adentro de mi,
donde los sentidos no me engañan,
ni a mi mente y,
ni siquiera a mis deseos.

PD: si algún autor alguna vez ha escrito algo que considere igual. Si considera que es un plagio a su pensamiento, note primero, que se ha equivocado, puesto que existe ella para mí y para nadie mas, sepa entonces que para todos y cada uno existe distinto, y por tanto no es un plagio, o que alguien me diga como plagiar los sentimientos.



Juan David Bazzani M.




domingo, 19 de abril de 2009

La crisis es la mejor bendición

Es de saber que las personas más exitosas y reconocidas en la actualidad y desde tiempos remotos en la historia, han sido quienes mejor han sabido usar su cuerpo y su mente para crear algo nuevo que atrape la atención y la admiración de los demás, y para que además aporte soluciones y progreso para un mundo que avanza mas cada día. Es así como maximizar tus habilidades y explotar al ciento por ciento lo que sabes hacer, te puede llevar donde nadie mas ha llegado antes.
Albert Einstein, científico quien con sus grandes aportes al mundo cambio el contexto de la física y revoluciono todo el progreso mundial. Quien al final de su vida no se podía perdonar, que por causa de su conocimiento, genero el desarrollo de la bomba atómica, arma de destrucción masiva, la cual iba en contra de su filosofía pacifista. Este científico pacifista, además de su conocimiento nos lego algunas palabras que quisiera compartir con ustedes, y ojala las disfruten tanto como yo, la primera vez que las leí.


Lo siguiente es una reflexión sobre la crisis, un punto de vista que tal vez muchos jamás habrán considerado.


La crisis según Albert Einstein.
“No pretendamos que las cosas cambien, si siempre hacemos lo mismo. La crisis es la mejor bendición que puede sucederle a personas y países, porque la crisis trae progresos. La creatividad nace de la angustia como el día nace de la noche oscura. Es en la crisis que nace la inventiva, los descubrimientos y las grandes estrategias. Quien supera la crisis se supera a sí mismo sin quedar ‘superado’.
Quien atribuye a la crisis sus fracasos y penurias, violenta su propio talento y respeta más a los problemas que a las soluciones. La verdadera crisis, es la crisis de la incompetencia. El inconveniente de las personas y los países es la pereza para encontrar las salidas y soluciones. Sin crisis no hay desafíos, sin desafíos la vida es una rutina, una lenta agonía. Sin crisis no hay méritos. Es en la crisis donde aflora lo mejor de cada uno, porque sin crisis todo viento es caricia. Hablar de crisis es promoverla, y callar en la crisis es exaltar el conformismo. En vez de esto, trabajemos duro. Acabemos de una vez con la única crisis amenazadora, que es la tragedia de no querer luchar por superarla."
1879-1955.

No tragar entero!


Estudiando mi manual de Derecho Romano, encontré algunas frases que dispuso el Dr. Fabio Espitia en su libro. Entendí entonces que con eso el quería transmitir a todos sus lectores un poco de la sabiduría de algunos personajes que ya hacen parten de la historia. Es por eso que quisiera poder seguir su intención, pero esta vez, usando esta herramienta, el blog. Ya que esa es la idea, que podamos compartir la mayor cantidad de información por este medio.
Aquí tres frases que llamaron mucho mi atención cuando las leí:

1. “Un filosofo que tenía un solo par de zapatos
Pidió al zapatero que los reparara mientras él esperaba.
Es hora de cerrar, dijo el zapatero,
de modo que no puedo reparárselos ahora.
¿Por qué no viene usted a recogerlos mañana?
No tengo más que este par de zapatos, y no puedo andar descalzo.
Ese no es problema, le presaré hasta mañana un par de zapatos usados.
¿Cómo dice?, ¿llevar los zapatos de otro?, ¿por quien me ha tomado?
¿Y que inconveniente tiene usted de llevar en los pies los zapatos de otro, cuando no le importa llevar las ideas de otras personas en su cabeza?”
ANTHONY DE MELLO

2. “No creáis en nada simplemente porque lo diga la tradición,
ni siquiera aunque muchas generaciones de personas nacidas
en muchos lugares hayan creído eso durante muchos siglos.
No creáis en nada sólo porque así
lo hayan creído los sabios en otras épocas.
No creáis en lo que vuestra propia imaginación os propone
creyendo en la trampa que Dios os inspira.
No creáis en lo que dicen las sagradas escrituras
sólo porque ellas lo digan.
No creáis en los sacerdotes ni en ningún otro ser humano.
creed únicamente en lo que vosotros mismos habéis
Experimentado, verificado y aceptado,
después de someterlo al dictamen de la razón
y a la voz de la conciencia.”
BUDA

3. “Un hombre a quien se consideraba muerto
fue llevado por sus amigos para ser enterrado.
Cuando el féretro estaba a punto de ser introducido en la tumba,
el hombre revivió y repentinamente empezó a
golpear la tapa del féretro.
Abrieron el féretro y el hombre se incorporó.
¿Qué estáis haciendo?, dijo a los sorprendidos asistentes.
Estoy vivo. No he muerto..
Sus palabras fueron acogidas con asombroso silencio.
Al fin uno de los deudos acertó a hablar. Amigo, tanto los médicos
Como los sacerdotes han certificado que habías muerto
Y, ¿Cómo van a haberse equivocado los expertos?
Así pues, volvieron a atornillar la tapa del féretro y lo enterraron debidamente.”
CUENTO SUFI

Las frases que cité con anterioridad pertenecen al libro de Historia del Derecho Romano de Fabio Espitia Garzón, y las encontré en diversas partes del libro. Aunque parece que no tienen ninguna relación entre ellas, en realidad las tomé con el motivo que las personas aprendan a no tragar entero, sino mas bien, que aprendan a creer en lo que han comprobado, han construido de su conocimiento, y que tengan como herramienta el legado de la sabiduría, pero, sin que ésta ultima los manipule, ni a ellas ni a su pensamiento.
Crea tus propias ideas, has lo que nadie ha hecho, como dicen los mercadologos: busca un mar azul donde puedas expandir tu conocimiento, y donde solo importe lo que tú hayas logrado corroborar con tu experiencia y practica sobre lo que quieres conocer. Y solo no olvides que aunque un mundo entero crea que no tienes la razón, si tu certeza es absoluta, jamás dejes de creer en ella, tarde que temprano, alguien pensara como tu.

sábado, 18 de abril de 2009

El coyote al fin atrapo al correcaminos

Toda mi vida espere que el pobre coyote tuviera un poquitico de suerte y que al menos en un capitulo pudiera atrapar al correcaminos. Pero siempre primo la gran agilidad del correcaminos y también la mala calidad de todos sus productos ACME, los cuales empleaba para poder cumplir su cometido, que hasta hoy era imposible. Toda mi infancia, y creo que no soy el único, espere que el coyote lograra atrapar el correcaminos, pero, aunque pasaron los años y los capítulos fue algo que nunca logre ver. Por fin alguien se canso del “bip bip” del correcaminos, o, en alguna medida tampoco soporto mas que el coyote no pudiera atrapar al correcaminos, hizo que esta realidad cambiara. Un millonario japonés pago a la Warner para que en uno de sus capítulos cambiaran el final del libreto, donde el correcaminos escapa en seis ocasiones del coyote. Para que ahora esta divertidísima caricatura de la Warner ahora si tiene final.
Aquí el video, para que ustedes también puedan disfrutar del gran final de esta caricatura, que cambio lo que durante muchos años creí imposible.
Aunque el final no es lo que todos esperamos por como termina y por su calidad ya que no parece ser lo mejor editado del mundo, parece que a esto llegó la afición de una persona que el final no lo dejaba dormir.
El periódico El Espectador también publico un artículo sobre el tema:
http://www.elespectador.com/entretenimiento/arteygente/medios/articulo136641-el-coyote-fin-atrapo-al-correcaminos


miércoles, 8 de abril de 2009

Un Blog


Este tema de los blogs, ha sido un tema en el cual llevo trabajando muy poco tiempo, pero, a la vez he descubierto que es un lugar donde se aprende rápidamente mucho sobre este mundo y sobre el manejo de este sistema virtual. Que esta re direccionando la opinión personal y el pensamiento individual a otro campo, para que las personas puedan adquirir conocimiento de una manera distinta e informal. El problema con los blogs se debe a que no conocemos la fidelidad de la información publicada allí. Pues sucede que solo muy pocos nombres se conocen de personajes que estén especializados en el conocimiento de una materia, y es muy difícil saber qué tan eficaz y veras pueda ser esa información.
Para comenzar a escribir un blog, no necesitas nada muy especial, solo muchas ganas, buscar un tema objetivo, es decir, un fin especial con tu blog y un público especifico, que te bases en información fiable para escribir, y que no tengas miedo. Déjate criticar, pero con altura y respeto, porque estas críticas son las que ayudan que los proyectos salgan adelante. Lastimosamente, en nuestra sociedad esto es lo menos visto, puesto que muchas personas se creen con las aptitudes para criticar el trabajo de los demás, sin saber la construcción y dedicación que hay detrás de ellos. Y jamás en nuestro sistema educativo nos han ensenado a hacerlo, por tanto a veces las críticas se vuelven burlescas y no aportan elementos críticos que ayuden al crecimiento de un trabajo.
Por otro lado, es importante que entiendas que es un buen comienzo en el mundo de la escritura, donde notaras con el paso del tiempo como mejoras en tu nivel de escritura, y tu forma de redacción, además de comenzar a tener un pensamiento más ordenado y critico. El mundo de los blogs te encamina a que busques más información y cada día te vuelvas mejor escritor, y mejor persona.
Finalmente es importante entender que un blog es como una página oficial tuya, un espacio que se diseño para que puedas expresarte libremente sin que tengas que seguir la filosofía de nadie, ni las condiciones de nadie para que eso aparezca ahí, en la web, a la vista de quien quiera leerlo. En resumidas cuentas, el blog es como un diario personal donde puedes publicar todo lo que te nazca hacer, lo único que recomiendo es que cuando tus textos se dirijan a otras personas lo hagas con respeto y con altura, para que la gente realmente valore tus escritos, pues es la única forma en que realmente los demás valoraran tu trabajo.
No tengas miedo y lánzate al mundo de los blogs.

miércoles, 1 de abril de 2009

Ya comenzo el mundo de los Blawggers!!


Hoy, se llevó a cabo un almuerzo con el Dr. Ramírez Cleves. En el cual se discutió sobre los temas relativos al desarrollo de los Blawggers jurídicos, y los eventos que se tienen programados desde ya, con ánimo de crecer este proyecto tan interesante y a la vez tan innovador. Se discutieron temas metodológicos referentes a los pasos a seguir desde este momento, para los encuentros de Blawggers internacionales y los Blawggers de Bogotá.
El trabajo es largo, pero inquietante, excelente grupo que desde ya se esta conformando para que haya un equipo, que aporte cada vez mas elementos para hacer satisfactorio este proyecto.
Se tienen grandes expectativas, las cuales nos fueron planteadas hoy, planes que esperamos en un futuro no muy lejano se hagan realidad y den frutos, para crecer la comunidad Blawggera. Temas como “El Blog jurídico como forma de fomentar la enseñanza y la difusión del derecho en países pobres”, “la credibilidad de los Blawgs en materia de contenido”, “El Blog como herramienta virtual que excede el texto: los hipervínculos o liks, videos, audios, pdf’s y comentarlos. Hacia una nueva escritura y comunicación de lo jurídico” y otros temas mas que están diseñados para el desarrollo del encuentro que se espera realizar mas adelante, forman parte de esta primera idea, que esperamos vaya hacia adelante, crezca, y tenga un gran aporte para el mundo jurídico, el mundo del derecho.
Agradezco al Dr. Gonzalo la invitación al almuerzo de hoy, espero poder cumplir todas las metas propuestas, con nuestro nuevo equipo de trabajo. Felicitaciones y éxitos a todos!!

Tutela Contra Providencias judiciales



La procedencia de tutela sobre providencias judiciales ha sido durante ya algunos años uno de los problemas de mas cabida en nuestro ordenamiento jurídico colombiano. El mal llamado “choque de trenes” que no es otra cosa diferente al conflicto entre poderes y status de las altas cortes. Posiciones y debates se han generado alrededor de toda esta polémica tan interesante de la cual me gustaría apenas poder dar, o al menos esbozar algunas nociones de las diferentes posiciones al respecto y generar a juicio personal alguna conclusión, a fin que el lector pueda entender, al menos de manera general, este aspecto del D. Constitucional.
A rasgos generales, todo este problema comienza con el roll que juega cada corte dentro del ordenamiento jurídico. Según entendemos, la Corte constitucional debe y es competente del manejo de todos problemas referentes a asuntos de constitucionalidad, y por tanto deben prestar servicio al cuidado de los derechos y garantías constitucionales. Por otro lado, la corte Suprema de justicia regula todo problema jurídico que, por tanto refiera a situaciones legales en ámbitos penales, civiles y laborales. Hasta donde he mencionado, no hay ninguna discusión en cuestión de papeles de las cortes, pero, entonces como es posible que una herramienta constitucional como lo es la Acción De tutela y que por otro lado sea también herramienta regulada por la corte constitucional, pueda entrar a juzgar lo sucedido con las decisiones judiciales de la Corte Suprema de Justicia. El problema comienza con el Artículo 185 de la Ley 906 de 2004, que reza:
Artículo 185: “Decisión. Cuando la Corte aceptare como demostrada alguna de las causales propuestas, dictará el fallo dentro de los sesenta (60) días siguientes a la audiencia de sus tentación, contra el cual no procede ningún recurso ni acción, salvo la de revisión. La Corte está facultada para señalar en qué estado queda el proceso en el caso de determinar que es te pueda recuperar alguna vigencia. En caso contrario procederá a dictar el fallo que corresponda. Cuando la Corte adopte el fallo, dentro del mismo lapso o a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, citará a audiencia para lectura del mismo.”

Pues a partir de este mismo, se pronuncian las cortes diciendo desde sus propias perspectivas la procedencia o no procedencia de la tutela. Por otro lado la C. Constitucional ha generado una nutrida doctrina acerca de lo mencionado con anterioridad, y plantea ciertos requisitos generales de la procedibilidad de la tutela contra sentencias judiciales. Acá es donde comienza toda la discusión del tema, pues, se plantean para esto los distintos pronunciamientos de los órganos involucrados en el problema jurídico.
Existen entonces tres tesis importantes sobre el tema: “la primera, defendida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, quien sostiene que en el ordenamiento jurídico colombiano no existe, en ningún caso, la posibilidad de interponer una acción de tutela contra una sentencia judicial. Esgrime para ello dos importantes argumentos: (1) en su criterio, la tutela contra sentencias afecta la distribución constitucional de competencias entre las altas cortes y le quita a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo de Estado el carácter de máximo órgano de la respectiva jurisdicción; (2) la tutela contra sentencias viola los principios de la seguridad jurídica y autonomía funcional de los jueces de la República. En segundo lugar, otro importante sector de la comunidad jurídica considera que la tutela si puede interponerse contra una sentencia pero solo cuando esta constituya una autentica vía de hecho y si no se trata de sentencias de las altas cortes. Esta tesis parece ser la sostenida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. Finalmente, otro importante sector, encabezado por la Corte Constitucional, sostiene que la acción de tutela puede ser interpuesta contra una sentencia cuando ésta constituya vía de hecho o cuando vulnere directamente los derechos fundamentales. Sin pretender desconocer esta importante polémica, lo cierto es que el presente texto es sobre las reglas de la acción de tutela, reglas que, por expreso mandato constitucional, deben ser fijadas por el legislador estatutario, ora por parte de la Corte Constitucional. En consecuencia, serán estas reglas las que se recojan a fin de ilustrar a los jueces sobre la doctrina constitucional vigente en esta materia.” (Catalina Botero Marino, La Acción de Tutela en el Ordenamiento Jurídico Colombiano. Cap. III Los actos impugnables a través de la acción de tutela: legitimación por pasiva, D. Tutela contra actos u omisiones de carácter judicial. Pg. 59 Pp. 125)
La Corte Constitucional mediante la Sentencia C – 593/92 declaro inconstitucionales los artículos 11, 12 y 40 del decreto 2591 de 1991, referentes a la procedibilidad de la tutela contra sentencias. Sin embargo, mas adelante la corte sostiene que esto no significa que la decisión fue excluir la tutela contra decisiones judiciales, es decir que la tutela es procedente en los casos que las decisiones de los jueces representen vía de hecho; aunque en la actualidad la doctrina ha señalado que las tutelas no solo proceden contra sentencias cuando se presente vía de hecho, sino también en los casos que no exista recurso alguno, para la protección de los derechos fundamentales cuando estos sean violados directa o indirectamente.
“[E]n la sentencia C-543 de 1992, la Corte Constitucional declaró inexequibles los artículos 11 y 12 del Decreto 2591 de 1991, normas que regulaban el ejercicio de la acción de tutela contra sentencias judiciales, por considerar que desconocían las reglas de competencia fijadas por la Constitución Política y afectaban el principio de seguridad jurídica. En esta decisión, la Sala Plena de la Corte Constitucional, que no rechazó en términos absolutos la posibilidad de que la acción de tutela procediera contra providencias judiciales, previó casos en los cuales, de forma excepcional, esta era procedente contra actuaciones que, aunque en apariencia estuvieran revestidas de formas jurídicas, en realidad implicaran una vía de hecho.” (Sentencia de la Corte Constitucional C – 613 del 2005)

Ante esto, la corte ha planteado ciertos requisitos que hacen posible la procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales.

“En este marco, los casos en que procede la acción de tutela contra decisiones judiciales han sido desarrollados por la doctrina de esta Corporación tanto en fallos de constitucionalidad, como en fallos de tutela. Esta línea jurisprudencial, que se reafirma por la corte en esta oportunidad, ha sido objeto de detenidos desarrollos. En virtud de ellos, la Corporación ha entendido que la tutela solo puede proceder si se cumplen ciertos y rigurosos requisitos de procedibilidad. Dentro de estos pueden distinguirse unos de carácter general, que habilitan la interposición de tutela, y otros de carácter específico, que tocan con la procedencia misma del amparo, una vez interpuesto.” (Sentencia de la Corte Constitucional C – 590/05)

Entonces los requisitos de procedibilidad se presentan así:
A. “Que la cuestión que se discuta resulte de evidente relevancia constitucional. Como ya se mencionó, el juez constitucional no puede entrar a estudiar cuestiones que no tienen una clara y marcada importancia constitucional so pena de involucrarse en asuntos que corresponde definir a otras jurisdicciones. En consecuencia el juez debe de tutela debe indicar con toda claridad y de forma expresa porque la cuestión que entra a resolver es genuinamente una cuestión de relevancia constitucional que afecta los derechos fundamentales de las partes.” (Sentencia Corte Constitucional T – 173/93)
B. “Que se hayan agotado todos los medios-ordinarios y extraordinarios-de defensa judicial al alcance para la persona afectada, salvo que se trate de evitar la consumación de un perjuicio iusfundamental irremediable. De allí que sea un deber del actor desplegar todos los mecanismos judiciales ordinarios que el sistema jurídico le otorga para la defensa de sus derechos. De no ser así, esto es, de asumirse la acción de tutela como un mecanismo de protección alternativo, se correrá el riesgo de vaciar las competencias de las distintas autoridades judiciales, de concretar en la jurisdicción constitucional todas las decisiones inherentes a ellas y de propiciar un desborde institucional en el cumplimiento de las funciones de esta ultima.” (Sentencia Corte Constitucional T – 504/00)
C. “Que se cumpla el requisito de la inmediatez, es decir, que la tutela se hubiere interpuesto en un termino razonable y propiciado a partir del hecho que originó la vulneración. De lo contrario, esto es, de permitir que la acción de tutela proceda meses o aun años después de proferida la decisión, se sacrificarían los principios de cosa juzgada y seguridad jurídica ya que sobre todas las decisiones judiciales se cerniría una absoluta incertidumbre que las desdibujaría como mecanismo institucionales legítimos de resolución de conflictos.” (Sentencia Corte Constitucional T – 315/05)
D. “Cuando se trate de una irregularidad procesal, debe quedar claro que la misma tiene un efecto decisivo o determinante en la sentencia que se impugna y que afecta los derechos fundamentales de la parte actora. No obstante, de acuerdo con la doctrina fijada en la sentencia C – 591/05, si la irregularidad comporta una grave lesión de derechos fundamentales, tal como ocurre con los casos de pruebas ilícitas susceptibles de imputarse como crímenes de lesa humanidad, la protección de tales derechos se genera independientemente de la incidencia que tengan en el litigio y por ello hay lugar a la anulación del juicio.” (Sentencia Corte Constitucional T – 008/98, y SU – 159/2000)
E. “Que la parte actora identifique de manera razonable tano los hechos que generaron la vulneración como los derechos vulnerados y que hubiere alegado tal vulneración en el proceso judicial siempre que esto hubiere sido posible. Esta exigencia es comprensible pues, sin que la acción de tutela llegue a rodearse de unas exigencias formales contrarias a su naturaleza y no previstas por el constituyente, si es menester que el actor tenga claridad en cuanto al fundamento de la afectación de derechos que imputa a la decisión judicial, que la haya planteado al interior del proceso y que de cuenta de todo ello al momento de pretender la protección constitucional de sus derechos.” (Sentencia Corte Constitucional T – 658/98)
F. “Que no se trate de sentencias de tutela. Esto por cuanto los debates sobre la protección de los derechos fundamentales no pueden prolongarse de manera indefinida, mucho más si todas las sentencias proferidas son sometidas a un riguroso proceso de selección ante esta Corporación, proceso en virtud del cual las sentencias no seleccionadas para la revisión, por decisión de la sala respectiva, se tornan definitivas.” (Sentencia Corte Constitucional T - 088/99, y SU 1219/01)
Ahora bien, estos fueron los requisitos generales de la procedencia de acción de tutela contra providencias judiciales, pero cabe anotar que también existen otros requisitos de carácter especial como lo es la vía de hecho. Esta tiene 5 causales especificas por la cuales es procedente la tutela contra sentencias, y son las siguientes: 1. Vía de hecho por defecto procesal. 2. Vía de hecho por defecto orgánico o falta de competencia. 3. Vía de hecho por defecto factico absoluto. 4. Vía de hecho por consecuencia. 5. Vía de hecho por defecto sustancial o material. Para que la tutela proceda se debe demostrar que el juez incurrió en alguna de estas causales, o bien, cuando alguna de estas causales vulnera de forma directa la constitución por el desconocimiento del iusfundamental, caso contrario no procederá la tutela interpuesta.
Llegamos por fin a un punto donde conocemos el problema planteado sobre la grandísima polémica de la procedencia de tutela contra providencias judiciales, hemos expuesto también las posiciones de las cortes y hemos a manera de rasgos generales, expuesto las causales de procedencia de este recurso, las cuales fueron desarrolladas en la jurisprudencia de la corte.
Por otro lado, cabe anotar, que la tutela no pretende en ningún momento ser recurso de tercera instancia, pero pretende en materia constitucional al menos, velar por la protección de los derechos fundamentales, pues, aunque la Corte Suprema diga que esto viola el principio de seguridad jurídica, la violación de los derechos y garantías fundamentales no representa también una violación a este mismo principio? Es por eso que en casos excepcionales vale la procedencia de este recurso. Y aunque la Corte dice que esto causa un “choque entre trenes” por buscar quien tiene la posición mas alta en decisión, creo que para demostrar que realmente haya o exista un choque, debería constatarse cuantas tutelas de este tipo han procedido, sobre la cantidad de sentencias que ha proferido la corte y así determinar si esos números permiten llamar a esto un “choque de trenes”, caso contrario, se estaría haciendo un buen uso de la doctrina de la Corte Constitucional para la resolución de dichos problemas jurídicos, y no habría espacio para esa definición.
Fuentes para el estudio y desarrollo de este articulo:
· La acción de tutela en el ordenamiento constitucional colombiano, Catalina Botero Marino.
· Sentencia Corte Constitucional 590/05
· Sentencia Corte Constitucional 613/05
· Sentencia Corte Constitucional C-593/92
· Ley 906 del 2004
· Decreto 2591 de 1991
· Cátedra D. Constitucional, Universidad Externado de Colombia. Dr. Alfonso Palacios.