.jpg)
Éste Blog, pretende brindar información sobre la actualidad y el derecho en aspectos generales, y, además también aprovechar lo que pueda compartirles sobre algunos autores. Disfruten, critiquen y comenten.
lunes, 19 de julio de 2010
El Frente Nacional en Colombia
.jpg)
lunes, 24 de mayo de 2010
Proceso Palacio de Justicia, 1985

Creo que uno de los fenómenos que se recuerda con más horror en la memoria de los colombianos, es el suceso de la toma del Palacio de Justicia, en Noviembre de 1985. Pues ese día fue evidente para muchos, que vivimos en un país que no es gobernado por las instituciones ni por el respeto a ellas, sino más bien por la corrupción y el narcotráfico. Prueba de ello, fue la gran cantidad de sucesos ocurridos durante esas fechas, que llevaron a suponer que los principales responsables de las muertes y las desapariciones que hubo en el palacio no fueron exclusivamente responsabilidad del M-19, sino también del Ejército y el Gobierno. Así las cosas, Colombia comienza a travesar de nuevo una difícil etapa en la historia del país, donde es menester devolverle a las personas la confianza en el sistema, para calmar el pánico social, pero una vez iniciadas las investigaciones nos damos cuenta una vez mas que nuestro gobierno está controlado por la tacha del terrorismo y los dineros mal habidos de las mafias, dejando que otro suceso en nuestro país pase a la historia sin mayor respuesta que el de la impunidad.
Eso era así hasta hace no mucho tiempo, ya que por primera vez esta historia comienza a dar un vuelco y alguien por fin decide tomar las riendas en el tema para llegar hasta los secretos más ocultos que esconden los responsables de los hechos ocurridos durante el 6 y 7 de Noviembre del nombrado año. Esta persona para no dar mas vueltas es la Fiscal Delegada ante La Corte, la Doctora Ángela María Buitrago, a quien le ha sido asignada como fiscal adelantar algunas de las investigaciones sobre las desapariciones en el palacio. Y este reconocimiento además ha sido compartido por el Dr. Yesid Reyes Hechandía –hijo del entonces presidente de la Corte, Alfonso Reyes Hechandía- ya que tiene una anécdota muy particular: él siempre usó corbata negra, y sostenía que “el día que la justicia sirviera en este país cambiaría el color de su corbata”, así entonces, sólo hasta el momento en que las investigaciones cayeron en manos de la Doctora Ángela María, Reyes cambió el color de su corbata, demostrando que por fin nuestra sociedad iba a recibir una respuesta de verdad, y al menos haciendo responder a algunos de los directos involucrados en este fenómeno de terror.
Pues sin mucho mas que decir aquí les dejo una entrevista de la W radio con la Doctora Ángela María Buitrago realizada el 21 de abril del 2010, donde nos comparte un poco de cómo va el procesamiento de algunos de los directos responsables del ejercito como lo son los Generales Arias Cabrales y Plazas Vega, quienes se les acusa actualmente por desaparición. Sin embargo, el camino sigue siendo largo y dispendioso y siempre quedarán bastantes interrogantes por resolver como las dudosas actuaciones del entonces Presidente de la República Belisario Betancur y la tan cuestionada Noemí Sanín con sus sospechosas intervenciones como ministra de comunicaciones, sin contemplar además la cantidad de secretos que esconde el ejercito habiendo retirado la fuera pública el día de los sucesos en el Palacio. Confiando en Dios, las Instituciones y la Doctora Ángela María, ojala el pueblo colombiano algún día sea conocedor de la verdad de lo que sucedió entonces, suceso que le robó gran parte a la historia de Colombia y al Externado.
Envío un especial recordatorio a los magistrados Manuel Gaona Cruz y Alfonso Reyes Hechandía, quienes dejaron una gran huella en el mundo del derecho y de la academia. (QEPD)
miércoles, 31 de marzo de 2010
Ódiame por 15 minutos

Ódiame por 15 minutos para que tengas un motivo para hablarme,
Ódiame por ese tiempo, para saber que te tengo sólo para mi,
Ódiame para entender de verdad lo que dicen tus ojos,
Sígueme odiando y así veré en realidad lo que quiere tu corazón.
Ódiame que el reloj continúa su camino,
Ódiame porque el tiempo hace que cada minuto tu voz sea más frágil,
Ódiame para que te sigas confesando sin que tu mente lo note,
Ódiame un poco más y refléjalo en los puños que golpean mi pecho rogando perdón.
No te pediré compasión, pues no quiero perder ni un detalle.
Ódiame, que los días pasan y aún nos unen.
Ódiame sin temor, pues odiaría que sintieras alguno conmigo,
Ódiame para que te odies por no poder hacerlo,
Ódiame por 15 minutos
Es tiempo suficiente para saber…
…Que todavía me sigues amando.
Juan David Bazzani M.
jueves, 11 de febrero de 2010
Derechos sociales, ¿efectivos?, ¿reales?, o ¿la simple tendencia del deber ser, pero no hacer?

Al empezar a estudiar sobre este tema, me di cuenta que su amplitud se presta para divagar en una gran cantidad de cuestiones. Pues no es descalificable anotar que el mundo teórico del derecho no muchas veces coincide con el mundo practico. Siendo esto así, decidí plantear en este texto algunas pautas, al menos generales, para que el lector no encuentre soluciones a raíz de él, sino mas bien para que se cuestione él mismo e indague sobre lo que sucede con este tema tan especial de los derechos sociales.
A raíz de lo anteriormente dicho, tenemos pues, una gran cantidad de posiciones respecto a este tipo de derechos, ya que a lo largo de los últimos 19 años hemos tenido un vuelco constitucional, el cual nos ha hecho redescubrir nuestra doctrina en la misma materia. Con la llegada de la constitución del 91, se introdujo una revolución al desarrollo de los derechos fundamentales y la protección de los mismos, con el nombre de acción de tutela. Ésta, se desarrollo para promover la real protección de dichos derechos y así garantizar elementos que ahora toman mucha importancia como lo es la dignidad humana, y la esfera de personalidad de cada persona. Aunque, entendíamos en este nuevo concepto que el interés general primaba sobre el del particular, esta acción intentaba proteger la singularidad del individuo, su dignidad como ser humano único dentro de nuestra sociedad. Pues bien, así ha ido evolucionando dicha doctrina constitucional. Pero con esto, no se pueden dejar de lado las otras acciones existentes en nuestro ordenamiento y nuestra constitución, ya que además de la acción de tutela existen también otro tipo de sistemas accionarios direccionados a adelantar procesos de restitución de los derechos a causa de la violación de los mismos. Estos procedimientos con otras características singulares, para la protección del individuo y de la sociedad.
Los llamados derechos sociales, los cuales están plenamente interesados en la integridad de una sociedad, para que exista la igualdad real y efectiva del artículo 13 de la constitución y proteja a los individuos como pertenecientes a ella bajo la característica de una armonía colectiva, no han sido de gran fortaleza en nuestra constitución, pues es muy complicado defender los intereses generales y particulares de las personas al mismo tiempo. Siguiendo la posición de Carlos Bernal, podríamos decir que los derechos sociales suponen una contradicción, puesto que, cuando hablamos de derechos estamos teniendo en cuenta que los mismos recaen sobre cada individuo en particular, que un derecho subjetivo protege y está destinado a proteger la integridad de la persona que ha sido amenazada por el estado o por la misma sociedad, constituyendo esto una contradicción, ya que la sociedad no se puede preocupar por el detalle de la necesidad de cada persona. Esto no desmerita totalmente su función, pues se basa simplemente en una posición teórica sobre el entendimiento del deber ser de los derechos sociales.
Pero tratemos de ir un poco más allá, no quedarnos en el plano teórico; Estudiando el lado “practico” suponemos de una sociedad que parte de exigencias monetarias para su desarrollo digno, y entendamos estas exigencias en lo más mínimo posible para su manutención, es decir, sólo teniendo en cuenta las necesidades básicas, sin pensar de ahí para delante lo que significa el sustento de una sociedad. Pues bien, cuantas ciudades no necesitan vías, centros de atención, seguro social, las mismas pensiones para personas de la tercera edad, las prestaciones en general de estado, la construcción de puentes, purificación de aguas, los alumbrados públicos, por poner unos pocos ejemplos, ¿cuánto suponen estos costos de mantenimiento en un estado?, vale aclarar también que no dejan de ser intereses de la sociedad, tal vez no los de toda en su conjunto, pero si entendiendo los intereses que surgen generalmente en las personas en algún grupo social, o en una pequeña comunidad. ¿No creen que aunque la Corte este de acuerdo con la protección de estos derechos, de ahí a que el pronunciado en sentencia sea una realidad tiene que pasar algún buen tiempo?, póngalo en un plano económico, en el país en que vivimos, aunque tengamos una filosofía de protección de los derechos y necesitemos el efectivo cumplimiento de estos, el tiempo en que transcurre entre hacer las asambleas correspondientes, planificar acciones de desarrollo, planes presupuestales, y finalmente aprobar los dineros con los cuales se van a llevar a cabo estos ideales, que en repetidas ocasiones en la etapa final de desarma el proyecto argumentando que el estado NO tiene esos dineros para hacer efectiva la protección de lo que demanda la comunidad, entonces bien, nos encontramos que no se hace la efectiva protección de los derechos, que no se detiene el daño inminente que se les está causando a las personas y quedamos otra vez en las mismas, en el mismo comienzo. Si se quiere ver esto en un plano sencillo pero atado a la realidad de nuestro país, démosle una breve mirada al sistema de salud, por el cual el estado asegura se deben tomar medidas de control drásticas para corregir la estructura del sistema porque no hay plata suficiente, incluso le suben al impuesto que deben pagar todos aquellos que tienen empresas de juegos de azar, para poder costear los gastos del sistema, y de nuevo se le niega la posibilidad a las personas de acceder a los derechos y nos devolvemos 20 años en la historia, como si esta constitución política no existiera.
Con esto anterior no pretendo ser fatalista, ni promotor de quienes dicen que nuestro estado no sirve, que busquemos otros esquemas, pero si dejo planteada una realidad que no es difícil de ver, pero que todos nos tapamos los ojos para no verla. Así pues, les dejo a ustedes en su criterio personal, que juzguen si nuestros mecanismos para la protección de los derechos sociales protegen con una efectividad plausible los intereses que tenemos las sociedades en nuestro estado. Y les dejo también, un punto de partida para buscar la mejora de esto que está pasando en nuestra nación.
martes, 12 de enero de 2010
El amor de 5.30 – 6.00 am

domingo, 25 de octubre de 2009
Instrucciones para visitar un juzgado

Hace días vengo pensando en como escribir un articulo dirigido a las personas que en algún momento tenemos la oportunidad de ir a un juzgado a revisar procesos antes de tener nuestro titulo de abogado, y hago referencia a este punto para decir que en nuestra etapa de estudiantes cuando no tenemos conocimiento de nada todo parece ser un poco mas complejo cuando en realidad lo único que necesitamos son un par de buenos consejos y estaremos listos para ir a “patinar”.
Creo que muchos se habrán dado cuenta que el titulo de este articulo es similar a los de Julio Cortázar en su grandiosa obra “Historias de cronopios y famas”, pues sin querer hacer comparaciones ni ofender su buen nombre, este articulo, es un tributo a él, aplicado en nuestro propio mundo, el de las leyes, un poco dirigido a quienes estamos involucrados en el derecho. Claro también pensé en llamarlo recorrer juzgados para dummies, pero después de ver la ponencia de Mariana Jaramillo en el primer congreso de Blawggers, hace que el uso de esa palabra deba ser mucho mas cuidadoso.
Para adentrarnos pues en el tema abriré paso a explicar como recorrer un juzgado esperando que todo salga bien, pues sucede en repetidas ocasiones que la actitud de los empleados judiciales es poco cordial con las personas del común y mas cuando se dan cuenta de esa cara inconfundible que dice gigantesco “estoy muy perdido y no entiendo”, pues cuando se dan cuenta de ello tratan de volver un poco mas amena su jornada divirtiéndose y uno siendo el juguete. Por lo tanto, y debo admitirlo por que no, por cierto rencor que me han generado algunos funcionarios que han tenido actitudes conmigo poco decorosas, he decidido escribir este articulo para formar un ejercito dispuesto a enfrentárseles. Por supuesto, si las cosas siguen como están en Colombia, tendrán que poner en práctica estos consejos después de Enero, pues estos mismos jovencitos están pensando en prolongar sus vacaciones judiciales, mediante otro paro más. Que vamos a hacer!!
Lo primero es que mire exactamente que tenga en su maleta los papeles necesarios que le han asignado para dirigirse al lugar, revise muy bien que tenga un documento que tenga escrito su nombre y que diga que usted está autorizado para conocer del proceso. Además de eso esté seguro que tiene el número del proceso, pues si llega al juzgado y le preguntan cual es y usted no sabe responder, habrá empezado el recorrido con el pie izquierdo. Para tener claridad sobre el numero del proceso, sepa que es un numero compuesto como de 22 caracteres donde numéricamente se expresa, el tipo de acción interpuesta o tipo de juzgado (eso no lo tengo claro aún), seguido por el numero del juzgado, luego por el año del proceso, seguidamente por el numero de proceso, acompañado de un (00) al final. Despues de revisado esto, está listo para dirigirse al juzgado donde hará uso de todas sus facultades de comunicación social para obtener su objetivo, el cual es muchas veces ver el ultimo documento que está en el archivo.
Cuando llegue al edificio del juzgado pare en la puerta, sin que lo vean respire profundo, saque pecho y trate de borrar esa cara de no saber nada. Apenas entre al edificio vaya despacio, pero no tanto como para que noten que está perdido, sino lo suficiente para detallar todos los letreros que hay ahí en el lugar, no los mire de frente ni siquiera se detenga, nadie lo hace cuando ya saben que dicen, solo trate der ver si dan indicaciones de la ubicación del juzgado. Siga caminando buscando el juzgado, por eso no debe ir muy rápido, pues en su prisa innecesaria puede pasarse, si definitivamente su orientación es muy baja y necesita ayuda busque a un guardia, pues no sabe que podría pasar si le pregunta a una persona distinta. Siga con su cara de conozco esto como la palma de mis manos.
Entre al juzgado una vez lo haya encontrado, prosiga a la habitación. Habrá una barra o estrado y detrás estará una habitación con torres de papeles. Ha llegado! Habrá muchas personas sobre la barra llamando la atención de quienes deben atender, y no se asuste cuando se de cuenta que esas personas que deben estar atendiendo, lo están mirando todos, en un mismo momento a la cara, No se como, pero son como los perros, huelen el miedo. Aun así, siga como si no pasara nada, encontrará unas carpetas que dicen estado, puede buscar su proceso ahí si ya tiene un buen tiempo en vigencia y está quieto, pero lo mas recomendable es que se dirija a una pantalla de computador donde le arrojaran todos los datos que necesita. Acérquese, ahí deberá escribir el numero que tiene el proceso y dele Enter. Cuando haga esto aparecerá una lista de actuaciones, y preste mucha atención a esto, mire la fecha de la ultima actuación y de la ultima ubicación del documento, pues de esto depende que no se la monten en los próximos diez minutos. Si el proceso está al despacho o secretaria, ni siquiera lo intente, no puede verlo, si es así, deje el computador en blanco y salga lo más pronto posible de ahí sin decir nada. Caso contrario, anote o recuerde bien esos datos.
Cuando ya haya hecho ese procedimiento, vuelva a recordar que está en una selva donde se lo van a tragar si se equivoca en algo, entonces llame a alguien que esté al otro lado del estrado, y con mirada segura pídale a la persona que le muestre el proceso de numero de que tenia en el expediente y del año respectivo, y dígale que está en tal u otra ubicación. Cuando se lo pasen, mire bien el expediente que está amarrado con una cuerda; ACUERDESE COMO LO DESAMARRA POR QUE LO TENDRÁ QUE HACER AL FINAL. Pida el expediente saque las hojas que necesita y diga que va a sacar copias, le tendrán que pedir un documento de identidad y el documento de dependencia, luego de esto les entrega el expediente y se lleva las copias (no pregunte cuantos folios puede coger, sólo cójalos) fotocopie, devuelva las hojas en orden al expediente y finalmente pida su documento, no lo olvide, de las gracias y salga de ahí.
Cuando haya salido debe tener muy claro que SI FUNCIONAN LOS ASCENSORES, lo aclaro por que yo lo descubrí como la 5ta vez que visite un juzgado. Si salió en esas condiciones y no mostró síntomas de no tener idea donde estaba, ni de no saber que estaba haciendo, simplemente ha logrado la meta. Lo siguiente es poder volver y repetirlo igual hasta el momento en que sepa como visitar un juzgado.
Así terminan las instrucciones sobre como recorrer un juzgado, y espero les haya gustado!!!
lunes, 14 de septiembre de 2009
Manual sobre la extinción y la expropiación de la propiedad privada en Colombia.

Partamos del principio que el derecho de propiedad tiene tres características a saber, las cuales son básicas y fundamentales dentro del entendimiento de este derecho, el uso, el goce, y la disponibilidad del bien. Es así como está definida la propiedad en nuestro código civil: Art. 669: “El dominio (que se llama también propiedad) es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella, no siendo contra la ley o contra el derecho ajeno”.
Si miramos mas a fondo o históricamente la evolución de este derecho, en nuestro código civil encontraremos pues que éste “derecho de dominio” no siempre ha sido igual ni se a entendido en el mismo contexto, pues, antes de la sentencia C – 595/99 magistrado ponente Carlos Gaviria Díaz, teníamos un derecho absolutista el cual era imprescriptible, inajenable, y sacro; por lo cual ésta sentencia declara inexequible la palabra “arbitrariamente” del articulo del código civil, ya que debemos tener en cuenta que estamos en un estado social de derecho donde todos los bienes cumplen una función social y ecológica, por lo tanto favorable en principio para la mayoría. Este cambio de entendimiento del derecho como favorable para la sociedad se ha venido dando más específicamente desde la constitución del 91, donde se afirma que los bienes tienen una función social, y por lo tanto se le han venido dando una serie de limitaciones a este derecho en particular. Para esto quisiera citar entonces el artículo 58 de la constitución política del 91: “ARTÍCULO 58. Modificado por el artículo 1 del A.L. 1 de 1999. Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social. La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica. El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad. Por motivos de utilidad pública o de interés social definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa. Esta se fijará consultando los intereses de la comunidad y del afectado. En los casos que determine el legislador, dicha expropiación podrá adelantarse por vía administrativa, sujeta a posterior acción contenciosa administrativa, incluso respecto del precio.”
Veamos pues como después de esta breve introducción recaemos sobre el tema especifico de este ensayo, las limitaciones al derecho de propiedad y mas claramente la expropiación y la extinción de la propiedad privada. Limitaciones creadas, valga la aclaración, para proteger el interés general y la función social de los bienes y la propiedad.
Cuando hablamos de la extinción tendremos que tener en cuenta el atributo de la perpetuidad de la propiedad, con esto se quiere manifestar que la propiedad de la cosa existe por cuanto dura la cosa y no se extingue por el no uso de la cosa, a menos que en este se presente el principio de la posesión donde tienen que confluir dos factores, uno el no uso de la cosa por su titular y el segundo, la posesión de otra persona por un tiempo especifico consagrado en la ley para caso especifico, a esta figura jurídica la llamamos prescripción extintiva. Por otro lado solo habrá tres ocasiones en que se extinga la propiedad o dominio de una persona sin que se le de bonificación alguna establecidas en la constitución política: cuando los bienes sean adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, cuando sean adquiridos en perjuicio del tesoro publico, y cuando sean adquiridos en grave deterioro de la moral social, basta cualquiera de estas tres figuras para que se adelante entonces un delito, proceso llevado a cabo por la fiscalía general de la nación.
Ahora bien, si vamos a hablar de la figura de la expropiación debemos tener en cuenta que se puede hablar de tres tipos de expropiación en nuestro ordenamiento, la primera es la expropiación ordinaria, la segunda expropiación administrativa y finalmente tenemos la expropiación en caso de guerra. Estas figuras están consagradas en la ley 388/1997 y las explicaré un poco a continuación.
Expropiación Ordinaria: Esta figura es una clara muestra que en Colombia se protege la propiedad privada, pues para que se lleve a cabo se necesita que trabajen las tres ramas como lo afirma la Corte Constitucional en la sentencia C – 153/94 “El legislador fija los motivos de utilidad pública o interés social. La administración declara para un caso concreto los motivos de interés público y gestiona la expropiación. El juez controla el cumplimiento de las formalidades y fija la indemnización, mediante el procedimiento de expropiación. Sin embargo, en la expropiación por vía administrativa, la intervención del juez es sólo eventual, para los casos de demanda por vía contenciosa.”
Para que se de esta figura debe presentarse un interés publico, hacerse una indemnización a la persona y finalmente tiene que darse una aprobación por sentencia judicial para que sea valida la expropiación. Hay un tiempo estipulado por la ley para que se haga la enajenación voluntaria, caso contrario se llevará a cabo el proceso de expropiación. Esta figura está explicada en el artículo 58 de la ley antes mencionada.
Expropiación Administrativa: esta figura se inscribió en la constitución del 91, y básicamente se usa en los casos que haya un motivo de la emergencia del interés o uso publico o social (art.65 Ley 388 de 1997), esta figura se produce antes de la sentencia judicial y se inscribe en el folio de la matricula del inmueble en los (5) días hábiles siguientes con notificación al titular para que se haga la enajenación voluntaria del bien. El titular de igual forma después puede demandar ante el contencioso administrativo para exigir la nulidad y el restablecimiento del derecho lesionado. Por ultimo cabe mencionar que esta figura está consagrada en los artículos 68 siguientes de la ya citada.
Expropiación en casos de guerra: solamente en los casos en que estemos en guerra será posible la expropiación de los bienes muebles para ayudar y soportar la guerra que se está presentado sin objeción del titular. En los casos que se trate de un bien inmueble se deberá entender que se puede enajenar el uso del bien solo temporalmente mientras dure la guerra, después que las circunstancias hayan cesado deberá ser restablecido a su titular.
Ya habiendo explicado estos dos tópicos, al menos en manera panorámica y general, es factible que el lector pueda hacerse de una idea sobre lo que refiere la extinción y expropiación de la propiedad privada dentro de nuestro ordenamiento jurídico. Vimos entonces como ha habido un desarrollo en este tan importante derecho real y como hoy día nuestra constitución consagra figuras para proteger y limitar este derecho, aquí centrándonos en dos puntos fundamentales de la propiedad como lo fueron la extinción y la expropiación. Espero quede abordado y explicado el tema para que las personas tengan, habiendo leído esto, un criterio un poco mas estructurado para entender como funciona, al menos en la forma teórica de su apreciación, pues para estudiarlo en su mundo practico y juzgarlo debemos hacernos de otro análisis con una estructura distinta a la planteada aquí.
domingo, 30 de agosto de 2009
Derecho al medio ambiente, derecho a vivir dentro de este planeta.
Estamos claramente en un estado constitucional social de derecho, el cual vela, se supone al menos, por la protección de los derechos fundamentales de las personas y por el interés general que tiene la sociedad dentro del estado. Partiendo de ese supuesto, tenemos claro, que es ideal buscar un ambiente propicio para el correcto desarrollo de nuestra sociedad actual y nuestras generaciones futuras, pues, acaso ¿quien no quiere que sus hijos tengan un ambiente sano y agradable donde puedan crecer también? Entendamos ahora, que nuestra sociedad actual y nuestros avances tecnológicos, nos tienen en una era donde claramente las personas pueden explotar todos los recursos naturales que le rodean para hacer uso de ellos, partiendo del principio de economía capitalista, al cual lamentablemente pertenecemos. Sabiendo entonces estas dos pautas principales sobre las cuales nos basamos, la primera, que tenemos una sociedad que es capaz de explotar todo cuanto le rodea para obtener su máximo beneficio en cuanto satisfacción de necesidades, y segundo que esa misma sociedad también se preocupa, “o eso dicen hacer” por su medio ambiente para tener un entorno sano y pleno para crecer en sociedad y en plena armonía de desarrollo, se ha generado pues alrededor de esto toda una doctrina constitucional para la protección de algunos bienes que según las altas instituciones de nuestra nación merecen dicha protección para garantizar la vigencia de nuestro medio ambiente y para prevenir su continuo y constante deterioro; deterioro causado, valga la anotación, en manos de quienes por sus intereses obtusos, pasan por encima de todo y de todos para conseguir lo que quieren, su poder y sus cochinos papeles verdes que están manchados con la polución de su avaricia y ambición.
Quisiera abordar esta temática desde un punto de vista que no parezca muy lejano a la sociedad, pues es evidente que, cuando hablamos de temas medioambientales tendemos a verlos muy alejados de nosotros, como si realmente no sucediera. Es por eso, que quiero traer a manera de ejemplificación las problemáticas que tenemos en Bogotá principalmente cuando hablamos de humedales, de las zonas verdes y de los cerros orientales. Ahora bien, sabemos que estamos en una ciudad cuya población en los últimos 80 años ha crecido en proporciones desmesurables lo cual implicó desde época muy antigua comenzar a asentarnos sobre nuestra naturaleza e irla alejando de nuestro entorno. Con este desmesurado crecimiento poblacional, hemos llegado a acabar con millones de hectáreas de suelos verdes y de aguas que recorren por las zonas de Bogotá. A raíz de este descontrolado crecimiento y absurdo interés de construcción para el beneficio de algunos pocos, se han ido implementando legislaciones sobre el cuidado del medio ambiente donde hemos llegado desarrollar una especial protección de algunos bienes que nos brindan elementos esenciales para nuestra vida y la de muchos animales que allí también viven.
Por poner un ejemplo, tengamos en cuenta que los humedales por su naturaleza se encuentran muchas veces en zonas que se han provisto para el desarrollo urbanístico y no han sido pocas las ocasiones en las cuales ha habido personas interesadas en que dichos lugares se cierren para construir sobre ellos algunas edificaciones de uso publico o privado, sin tener en cuenta que éstos mismos lugares donde construyen proporcionan un hábitat natural para el desarrollo de algunas especies y el crecimiento de alguna fauna que por sus condiciones solo se da allí. Sin mencionar también que los humedales sirven como un embalse natural para el control de los niveles de aguas en algunos barrios de Bogotá, pues son el único lugar donde algunas aguas lluvias pueden correr. Entonces entendamos que el mantenimiento de estos lugares es favorable, no para la mayoría sino para todos lo que habitamos en este estado.
Por poner otro ejemplo, quisiera traer a colación la importancia de los cerros orientales, considerados como los pulmones de Bogotá, ya que por su extensión son los responsables de purificar el aire que tenemos en nuestra polucionada ciudad por motivo de las fábricas y de los automóviles que aquí todos los días se desempeñan. Estos cerros, suponen una especial protección por sus condiciones y por los servicios que nos brindan, pero, debemos ser conscientes que a pesar de su condición de patrimonio natural, hay muchos quienes violan estas zonas para la construcción y para la extracción de minerales, como podemos verlo en algunas partes de Usaquén y de la 170, y sumándole a todo esto los barrios de invasión. Sobre esto, el contralor general de la nación envió un comunicado a Luis Eduardo Garzón en el 2005, donde le pedía un apoyo a la protección de estos lugares, puesto que aunque se suponía que la legislación los protegía, en la realidad primaban mas los intereses económicos que la preservación de estas zonas que hace parte de recursos irremplazables por la flora y fauna de nuestro país.
Lo único cierto en este tema, es que al igual que nuestra sociedad, nuestra consciencia también ha evolucionado, la gente poco a poco a podido aprender sobre la importancia de estos recursos. Hemos aprendido a entender que son limitados y que es nuestro planeta tierra el que está en juego, y que si día a día no tomamos acciones para mantenerlos vigentes, pues sencillamente llegará el momento que estemos en guerra por controlar lo poquito que nos queda de ellos. Deberíamos cumplir las normas, y si el problema está en que tenemos una legislación muy frágil, que no se cumple, sencillamente es por que no es lo suficientemente estricta como para que las personas no se atrevan a romperla; ahí es donde debemos buscar salidas y soluciones. Pero por otro lado, deberíamos aplicar los artículos 14, 15 y 16 del código de recursos naturales colombiano, que simplemente nos hacen un llamado a educarnos en un tema que vemos tan irreal y tan lejano, pues la mejor salida a este tipo de problemas es la educación y la concientización de una sociedad que tiene tantas dificultades con entender los problemas que le rodean.
Finalmente y para no darme mas largas sobre el tema, entendamos que este problema nos compete a todos, que realmente es grave, que trasciende de una problemática nacional, y que ocurre en todo el mundo, todos los días y hasta en los temas más insólitos, pero debemos empezar por ser un ejemplo mundial del cuidado y protección de la naturaleza, a la única a quien realmente le debemos la vida. Por un momento deberíamos dejar de pensar en tonterías y comenzar a pensar en nosotros mismos, pues de ellos depende nuestra salud, ya que estos recursos no son infinitos; y no quiero imaginarme una generación que nos este culpando por el daño que les hicimos, sino que nos agradezcan por el legado que les dejamos, pues al fin y al cabo, ellos “también tienen derecho a vivir en este planeta
jueves, 27 de agosto de 2009
La hisotria de una experiencia

Desde que se realizó el encuentro de blawggers jurídicos en Colombia, Carla Firmani muy amablemente me pidió que posteara en este blog contando un poco sobre mi experiencia como blawgger y como estudiante, como la persona que ha conocido todo un mundo nuevo desde que accedió al tema de los blogs. Entonces aquí de manera muy breve trataré de contarles lo que fue una historia muy agradable para mí en este proceso, y espero que a ustedes también les agrade y los motive a escribir y a hacer sus propios blogs.
Para que conozcan un poco sobre mí. Yo soy estudiante de Derecho en la Universidad Externado de Colombia y actualmente estoy cursando segundo año. También, para el momento estoy trabajando como abogado dependiente de una abogada tributaria durante las tardes, motivo por el cual mi tiempo se vuelve en muchas ocasiones un poco limitado. Aunque habiendo todo esto sin sumar los proyectos extracurriculares de la universidad, siempre me quedan ganas de sentarme un momento y detenerme en mi blog a escribir un poco para el mundo.
La historia de los Blogs o los Blawgs (Blogs jurídicos), comienza con un gran amigo mío, quien escribía para el momento el blog “Derecho y Economía”, y me comentó un poco sobre su trabajo en ese momento. Debo admitir que en ese entonces no tenía la menor idea sobre lo que era un blog, ni que era, ni mucho menos para lo que servía. Siendo esto así, le pregunté un poco sobre el tema y él me explico en términos muy generales de que se trataba, y me contó además de las personas que uno conocía por el medio, pues en ese momento Julián (mi amigo) había conocido a uno de los doctores en Derecho Constitucional de la universidad, el profesor Gonzalo Ramírez, quien también trabajaba su parte académica con el uso de los blogs. Recuerdo bien que esa tarde llegué a mi casa prendí el computador y me metí al blog de Julián y al de Gonzalo, y después de ellos, me remití a una cantidad variadísima de blogs por todo el espacio cibernético, cuando menos lo pensé, me di cuenta que había ahondado en temas como deportes, derecho, fotografía, películas, etc., mejor dicho, había pasado de blog en blog y de tema en tema, cosa que me llamó muchísimo la atención, pues me pregunté ¿Cómo así, si tengo un blog, puedo escribir lo que yo quiera?, ¿Así no más?, pues ahí fue donde me enamoró el cuento, pues no podía creer que viviendo en una sociedad tan esquematizada y tan controlada con el tema de la libertad de expresión escrita, existiera en realidad un espacio donde pudiera escribir para el mundo entero sin que nadie tuviera que aprobar o desaprobar mis ideas. Así, nació “Actualidad y Derecho”. Debo confesar también, que no tenía la menor idea sobre lo que podía escribir, pues a la larga solo era un simple estudiante de Derecho, y no veía pues, que le podía ofrecer al mundo.
Sin embargo comencé a escribir sin miedo y más bien con mucho entusiasmo, pues seguía enamorado de la idea de poder escribirle al mundo sin que nadie me dijera si podía o no hacerlo, simplemente ponía algo ahí y la gente opinaba. Recuerdo bien que mi primer artículo era una crítica a Facebook, lo publiqué y a la semana habían una cantidad impresionante de comentarios, algunos a favor y otros en contra, es más otros hasta me recordaban mi árbol genealógico. Seguí escribiendo, pero está vez buscaba una identidad más definida para mi blog, quería que el mismo se caracterizara por desarrollar un tema especifico sobre el cual pudieran versar otros más a su alrededor, y con la inspiración del blog “Quiero ser Abogado” de Tomas Marino de Argentina, decidí tomar una perspectiva estudiantil en el tema, es decir, que mi blog contara mis propias experiencias como estudiante y que pudiera además, dar consejos para el buen desarrollo académico y algunas otros para el ejercicio profesional, pero pudiéndome salir a la vez de los temas propuestos en ocasiones esporádicas para hablar de cosas varías que a mi respecto también son muy interesantes.
Tengo que aclarar también, que cuando Julián me hizo la propuesta de escribir, el principal temor que tenía, era que yo no sabía escribir, o bueno al menos eso creía yo, hoy día no creo ser tan malo, claro, aunque cabe anotar que falta cantidades por aprender; ¿y qué mejor forma de aprender sino es practicando?
Hoy en día, el blog hace parte de mi desarrollo académico, y aunque no escriba a diario, pues cada vez que me surge una nueva idea o tengo algo nuevo en la cabeza, simplemente me siento en frente de la pantalla lo posteo y dejo al mundo que opine lo que quiera, al fin y al cabo de eso se trata, mostrarle al mundo como lo ves tú desde tu perspectiva.
Creo que ya no sobra decir mucho, solo que es una experiencia que vale la pena experimentar, que no le tengan miedo a escribir, al fin y al cabo, la escritura es la mejor expresión de sus pensamientos e ideas, y porque no compartirlas con el mundo. Creen un blog y comiencen a bloggear.
Finalmente quiero darle mis más gratos agradecimientos a Carla Firmani, quien muy insistentemente me invito a postear en el blog y me escribió repetidas veces recordándome el compromiso. Carla, también te pido perdón, pues, estos días he estado supremamente ocupado y realmente no me había dado a la tarea, pero espero a ti y al resto de lectores les guste el post y saquen provecho de esta corta, pero a mi parecer interesantísima historia sobre como aprendí sobre los blogs.